Concurso de acreedores Esteban Freire Y Juan Cruz Tizon C.B.
El 08-06-2020, Esteban Freire Y Juan Cruz Tizon C.B., en SANTIAGO DE COMPOSTELA (La Coruña) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de FERROL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el E70146329. La principal actividad de la empresa Esteban Freire Y Juan Cruz Tizon C.B. es actividades de construcción especializada. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Esteban Freire Y Juan Cruz Tizon C.B.
Nombre de la mercantil: Esteban Freire Y Juan Cruz Tizon C.B.
Localidad: SANTIAGO DE COMPOSTELA
Provincia: La Coruña
Dirección: DO CARREIRO DE PICAÑOS 1415702 SANTIAGO DE COMPOSTELA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: E70146329
Número De Insolvencia: E70146329
Juzgado: Juzgado de FERROL
Actividad Principal de Esteban Freire Y Juan Cruz Tizon C.B.
La actividad de la empresa Esteban Freire Y Juan Cruz Tizon C.B. es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-11-2020
A200052219
Cese de los Administradores
EdictoJosé Miguel Regueiro Pérez, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ferrol,Hago Saber:Que en los autos seguidos en este órgano judicial S1c sección I Declaración concurso 257/20 se ha dictado con fecha cuatro de junio de dos mil veinte por el Magistrado-Juez D:Javier Tudela Guerrero, Auto de declaración de concurso consecutivo del deudor Juan Esteban Tizón Tabeayo Dni 76.414.411-Q con domicilio en Avenida Francisco Yañez Badía n.º 41-Mugardos, cuya Parte Dispositiva extractada es del tenor literal siguiente:Acuerdo:1.- Declarar en concurso consecutivo voluntario a D. Juan Esteban Tizón Tabeayo toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia.2.- Tener por personado en el presente concurso al interesado con la asistencia letrada de don José Ángel Andujar Vecino.3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario.4.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan mantenidas conforme al régimen general del concurso voluntario.5.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la Lc, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por la letrada doña Amelia Carneiro Rey, con domicilio en calle 25 de xullo, 1 entresuelo E, correo electrónico [email protected], teléfono 646.977.131.Ferrol, 8 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Miguel Regueiro Pérez.
29-10-2020
A200051135
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDon José Miguel Regueiro Pérez, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ferrol,Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial S1c sección I Declaración concurso 257/20 se ha dictado con fecha cuatro de junio de dos mil veinte por el Magistrado-Juez, don Javier Tudela Guerrero, Auto de declaración de concurso consecutivo del deudor Juan Esteban Tizón Tabeayo, DNI 76.414.411-Q con domicilio en Avenida Francisco Yañez Badía, n.º 41- Mugardos, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Acuerdo:1. Declarar en concurso consecutivo voluntario a D. Juan Esteban Tizón Tabeayo toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia.2. Tener por personado en el presente concurso al interesado con la asistencia letrada de don José Ángel Andujar Vecino3. Considerar el concurso con el carácter de voluntario.4. Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan mantenidas conforme al régimen general del concurso voluntario.5. La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por la letrada doña Amelia Carneiro Rey, con domicilio en calle 25 de Xullo, 1 entresuelo E, correo electrónico diazcarneiro@gmaiñ.com, teléfono 646.977.131.(…)10. Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín realizará de forma telemática por este órgano.(…)Ferrol, 8 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Miguel Regueiro Pérez.