Concurso de acreedores terminado Katacolom S.L.

Concurso de acreedores terminado Katacolom S.L.

El 17-12-2008, Katacolom S.L., en GALAPAGAR (Madrid) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B83381152. La principal actividad de la empresa Katacolom S.L. es programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática. El concurso ha concluido.

Información General de Katacolom S.L.

Nombre de la mercantil: Katacolom S.L.
Localidad: GALAPAGAR
Provincia: Madrid
Dirección: VICENTE GUILLEN ZAMORANO (LOS LLANO) 128260 GALAPAGAR
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B83381152
Número De Insolvencia: B83381152
Juzgado: Juzgado de MADRID

Actividad Principal de Katacolom S.L.

La actividad de la empresa Katacolom S.L. es Información y comunicaciones

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-05-2013
A130030326

 

Conclusión del concurso

 
Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de los Mercantil número 5 de Madrid,Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Necesario número 439/08, instado por Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima, contra la mercantil deudora Katacolom, Sociedad Limitada, Código Identificación Fiscal B-83381152, en el que recayó Auto de fecha 15 de abril de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:»Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal en el concurso de Katacolom, sociedad limitada y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento».»Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal».Sirva el presente edicto de notificación a la concursada Katacolom, Sociedad Limitada.Y para su inserción el el Boletín Oficial del Estado, expido el presente enMadrid, 9 de mayo de 2013.- La Secretario Judicial.

26-04-2012
A120022864

 
EdictoLa Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, doña M. C. Sanz, anuncia:Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, calle Gran Vía, 52, se tramita concurso necesario n.º 439/08 contra la mercantil deudora Katacolom, S.L., en el cual se ha dictado sentencia de fecha 11 de abril de 2012, en la que constan los siguientes particulares:»FalloQue debo calificar como culpable el concurso de Katacolom, S.L., y en consecuencia se adoptan los siguientes pronunciamientos:a) Se determina como personas afectadas por la calificación del concurso a don Luis Manuel Fernández Gómez.b) Se les inhabilita a tres años para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo o intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales.c) Se acuerda la pérdida del derecho que como acreedor concursal tengan la persona afectada por la calificación.d) Se condena a don Luis Manuel Fernández Gómez a que abone a los acreedores en concepto de déficit patrimonial, el 70% de la cuantía de los créditos concursales que no resulten satisfechos con ocasión de la liquidación de la masa activa, excluyéndose a los créditos contra la masa.»»Notifíquese esta sentencia a los interesados mediante edicto que se publicará desde este Juzgado en el Boletín Oficial del Estado siendo gratuita su publicación, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días.Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de Justicia Gratuita.»Y para su inserción en el BOE y sirva de notificación a la mercantil Katacolom, S.L. y a don Luis Manuel Fernández Gómez, expido el presente en Madrid, a doce de abril de 2012.Madrid, 12 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.

27-02-2012
A120008249

 

Apertura de la sección seis

 
EdictoLa Secretaría del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, doña M. C. Sanz, anuncia:Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, calle Gran Vía, 52, se tramita concurso necesario n.º 439/08 contra la mercantil deudora Katacolom, S.L., en el cual se ha dictado resolución con fecha 9 de febrero de 2012, en la que constan los siguientes particulares:»Habiendo resultado negativas todas las comunicaciones intentadas a la concursada Katacolom, S.L., con CIF B-83381152 y a don Luis Manuel Fernández Gómez, con NIF 5.271.708-Q, afectados por la calificación del concurso como culpable, emplácese a los mismos mediante edicto que se publicará en el BOE, para que en el plazo de cinco días desde la publicación de la presente resolución, comparezcan en la sección 6.ª del concurso, conforme a lo dispuesto en el art. 170 de la Ley Concursal.Y para su inserción en el BOE y sirva de notificación y emplazamiento a la mercantil Katacolom, S.L. y a don Luis Manuel Fernández Gómez, expido el presente»Madrid, 10 de febrero de 2012.- Secretaria judicial.

27-02-2012
A120008686

 
Edicto.La Secretaría del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, doña M. C. Sanz, anuncia:Que en este Juzgado, se tramita concurso necesario n.º 439/08 contra la concursada Katacolom, S.L., en el cual se ha dictado resolución con fecha 10 de febrero de 2012, en la que se acuerda sacar a pública subasta el día 9 de mayo de 2012 a las 13:00 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado, la siguiente finca:»La nave industrial nº 4, propiedad de Katacolom, S.L. n.º 10.544 sita en término municipal de Alpedrete, inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 2 de San Lorenzo de El Escorial al tomo 3.439, libro 277, folio 1, tasada para subasta en 481.748,66 euros, pudiendo consultarse las demás condiciones de la subasta en la Secretaría de este Juzgado.»Y para su inserción en el B.O.E. y sirva de notificación a la mercantil Katacolom, S.L., y demás interesados, expido el presente en Madrid a 10 de febrero de 2012.»Madrid, 13 de febrero de 2012.- Secretaria Judicial.

19-06-2010
45609

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

 
Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de madrid,Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso necesario abreviado 439/08, siendo la deudora «Katacolom, S.A.», en el que recayó auto de fecha 2 de junio de 2010, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:Se acuerda la apertura de la fase de liquidación.Se declara la disolución de la sociedad, cesando en sus funciones los administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.Fórmese la sección sexta de calificación del concurso.Se concede el término de 10 días, a contar desde la última publicación que se efectúe de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Y para su inserción en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley Concursal, expido el presente.Madrid, 2 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial.

18-02-2010
9599

 

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de convenio

Convocatoria de Junta de Acreedores

 
Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,Hago saber:Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Necesario 439/08, a instancias de la entidad Banco Español de Crédito, siendo la concursada Katacolom, S.L., con Cif B83381152 en el que recayó Auto de fecha 11 de febrero de 2010, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:»se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal».»se acuerda la apertura de la fase de convenio».»Se convoca junta de acreedores, que se celebrará el día 7 de mayo de 2010, a las 10.15 horas, en la sala de vistas de este Juzgado sita en la calle Gran Vía, 52, de Madrid, pudiendo el concursado y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente, una quinta parte del pasivo, presentar propuestas de convenio desde la presente convocatoria hasta cuarenta días antes de la fecha señalada para su celebración.Para el caso de presentarse propuesta de convenio, los acreedores podrán adherirse al a misma, mediante instrumento público o comparecencia ante el Secretario de Este Juzgado, o desde que quede de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el correspondiente escrito de evaluación previsto por el art. 115.2 de la LC y hasta el momento del cierre de la lista de asistentes a la junta, de conformidad con el punto 3 del citado artículo».Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.Madrid, 11 de febrero de 2010.- Secretario Judicial.

20-04-2009
23840

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
DÑA. M.C. SANZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE LOS DE MADRID,Hago saber: Que en el procedimiento concursal 439/08 referente al deudor KATACOLOM, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la última de las publicaciones de esta edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en estrados, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de Abogado y Procurador.Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente.Madrid, 13 de abril de 2009.- EL SECRETARIO JUDICIAL.

17-12-2008
n/a

 

Auto de declaración de concurso

 
Se suspende el ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales

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