Concurso de acreedores Compañia General De Especialidades Sa
El 19-05-2009, Compañia General De Especialidades Sa, en VALL-LLOBREGA (Gerona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de GIRONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A17005604. La principal actividad de la empresa Compañia General De Especialidades Sa es industria de la alimentación. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Compañia General De Especialidades Sa
Nombre de la mercantil: Compañia General De Especialidades Sa
Localidad: VALL-LLOBREGA
Provincia: Gerona
Dirección: INDUSTRIAL SERVEIS PORTUARIS PARC 1 Y 2 017253 VALL-LLOBREGA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A17005604
Número De Insolvencia: A17005604
Juzgado: Juzgado de GIRONA
Actividad Principal de Compañia General De Especialidades Sa
La actividad de la empresa Compañia General De Especialidades Sa es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
29-05-2009
40836
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoD. Carlos Peinado Dominguez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,Hago saber: Que en el Concurso voluntario Abreviado n.º 536/2009, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Compañia General de Especialidades, S.A., con domicilio en Vall-llobrega, Polígono Industrial 3, parcela 1 y 2, de La Bisbal de l’ Emporda (Girona), CIF núm A-17005604, siendo designados como Administrador Concursal/es a doña María del Carmen Teixidor Lázaro.Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince dias a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisión y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.El deudor tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente enGirona, 19 de mayo de 2009.- El Magistrado Juez.