Concurso de acreedores terminado Anguita & Cervantes S.L.
El 14-05-2009, Anguita & Cervantes S.L., en BENICASIM (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12725263. La principal actividad de la empresa Anguita & Cervantes S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de Anguita & Cervantes S.L.
Nombre de la mercantil: Anguita & Cervantes S.L.
Localidad: BENICASIM
Provincia: Castellón
Dirección: ALCALA DE CHIVERT 412560 BENICASIM
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B12725263
Número De Insolvencia: B12725263
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Anguita & Cervantes S.L.
La actividad de la empresa Anguita & Cervantes S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
13-11-2019
A190063085
Conclusión del concurso
Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,Hago saber:PRIMERO: Que por Auto de fecha 24 de octubre de 2019, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n°000374/2009, N.I.G. n° 12040-66-2-2009- 0000413, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor PEDRO ANGUITA VALDERRAMA Y MARÍA DEL CARMEN CERVANTES BAUTISTA, domiciliados ambos en Vila-Real, calle Ausías March n° 5, 7º 14 y CIF/DNI números 22608439Z y 19462048T respectivamente.SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:PARTE DISPOSITIVA:»1.- Acordar la CONCLUSIÓN del concurso de PEDRO ANGUITA VALDERRAMA Y MARÍA DEL CARMEN CERVANTES BAUTISTA seguido bajo el número CONCURSO ABREVIADO [CNA], número 000374/2009-II., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.2.- DECLARAR APROBADAS las CUENTAS rendidas por la Administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal.3.- El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.4.- EI presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.7.- Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acredores se hayan personado en el concursoEste Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC).Magistrado Letrado de la Administración de Justicia.Castellón, 25 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.
01-06-2009
42141
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).Hago saber:Primero.- Que por auto de fecha 14 de mayo de 2009, en el Procedimiento número 374/09, se ha declarado en concurso voluntario abreviado a los deudores Pedro Anguita Valderrama y María del Carmen Cervantes Bautista con domicilio en Villarreal, calle Ausias March, número 5 – 7° – 14ª y C.I.F./D.N.I. número 22608439-Z y 19462048-T, respectivamente.Segundo.- Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.Tercero.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Castellón, 14 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.