Concurso de acreedores terminado Parc Mas Sedo Sociedad Limitada
El 24-04-2009, Parc Mas Sedo Sociedad Limitada, en REUS (Tarragona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TARRAGONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B43656693. La principal actividad de la empresa Parc Mas Sedo Sociedad Limitada es servicios de comidas y bebidas. El concurso ha concluido.
Información General de Parc Mas Sedo Sociedad Limitada
Nombre de la mercantil: Parc Mas Sedo Sociedad Limitada
Localidad: REUS
Provincia: Tarragona
Dirección: DE RIUDOMS 243205 REUS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B43656693
Número De Insolvencia: B43656693
Juzgado: Juzgado de TARRAGONA
Actividad Principal de Parc Mas Sedo Sociedad Limitada
La actividad de la empresa Parc Mas Sedo Sociedad Limitada es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
09-12-2020
A200061556
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Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
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EdictoDon Joan Holgado Esteban, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona,Hago saber:Que en el Concurso abreviado 221/2009 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de PARC MAS SEDO, S.L., con NIF B43656693, con domicilio en Carretera Riudoms, s/n, km. 2, «Mas Sedó», Reus.La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Tarragona, 20 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Joan Holgado Esteban.
23-06-2010
49213
Cese de los Administradores
Apertura de la sección seis
EdictoJuzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) TarragonaDon Joan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presenteHago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 221/2009 de Concurso de la mercantil «Parc Mas Sedo, S.L.» se ha dictado en fecha 3/05/10 Sentencia aprobando el convenio propuesto por la concursada, habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:»FalloApruebo, con los efectos previstos en la ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario «Parc Mas Sedó, S.L.» que fué aceptado en la junta de acreedores celebrada el día 14 de abril de 2010.Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor.Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.Ordeno la formación de la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso y documentos acompañados a la misma, de esta resolución y del auto de declaración del concurso, en la que será parte la administración concursal, advirtiendo a los interesados de que disponen de un plazo de diez días desde la publicación de la presente sentencia en el Boletín Oficial del Estado para personarse y ser parte en la misma y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción.Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.»Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en,Tarragona, 3 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.
20-03-2010
17049
Finalización de la fase común
Apertura de la fase de convenio
Convocatoria de Junta de Acreedores
Apertura de la sección quinta
Edicto.Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona.Don Joan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona, por el presente hago saber:Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° 221/2009 de concurso de la mercantil «Parc Mas Sedó, S.L.» se ha dictado en fecha 08/03/10 Auto de Finalización de la Fase Común de Concurso y Apertura de la Fase de Convenio de la Mercantil Concursada, habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:Parte Dispositiva:Se declara la Finalización de la Fase Común del Concurso y la Apertura de la Fase de Convenio; pudiendo presentar propuestas de convenio desde la convocatoria de la junta hasta 20 dias antes de la fecha señalada para su celebracion, por el concursado y por los acreedores cuyos creditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante (art. 113.2 de la Ley Concursal).Formese la Sección Quinta que comprendera todo lo relativo al convenio, su proposición, discusión aceptación, aprobación, impugnación y cumplimiento.Se convoca Junta de Acreedores para el próximo dia 14 de abril de 2010 a las 12:00 horas en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Mercantil, sito en Av. Roma, 19 de Tarragona.Publíquese el correspondiente edicto en el Boletin Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, librándose para ello el oportuno oficio, así como mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona para la inscripción del presente auto en la hoja abierta a la concursada de ese Registro; entregándose los despachos acordados al Procurador del solicitante del concurso a fin de que proceda a su diligenciamiento.Se fija la retribución de los Administradores Concursales, a tenor de lo dispuesto en el art. 4.4 del Real Decreto 1860/04 en la cantidad de 12.907,34 euros, cantidad fijada tras la oportuna revisión del activo y pasivo del concurso.Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se preparara en el plazo de cinco dias a partir del siguiente al de su notificación ante este juzgado, del que conocera la Ilma. Audiencia Provincial de Tarragona y que tendrá la consideración de apelacion mas próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 197.3 de la Ley Concursal.Así lo acuerda, manda y firma doña Raquel Marchante Castellano, Magistrado Juez en sustitución del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe.La Magistrada Juez Sustituta. El Secretario Judicial.Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en,Tarragona, 8 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.
05-05-2009
29365
Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTOEl Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente HACE SABER:Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 221/2009 se ha dictado en fecha 24-4-09 Auto de declaración de Concurso Voluntario de PARC MAS SEDO, S.L., con CIF B43656693 y domicilio social en Cra. Ruidoms s/n, km 2 «Mas Sedó» Reus, representada por la Procuradora Inmaculada Amela Rafales y defendida por el Letrado José Antonio Jiménez González, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal Luisa Parra Carreté la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.Tarragona, 24 de abril de 2009.- SECRETARIO JUDICIAL.