Concurso de acreedores Revestimientos Belda SL.

Concurso de acreedores Revestimientos Belda SL.

El 02-02-2009, Revestimientos Belda SL., en CUEVAS DE SAN MARCOS (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B92389204. La principal actividad de la empresa Revestimientos Belda SL. es actividades de construcción especializada.

Información General de Revestimientos Belda SL.

Nombre de la mercantil: Revestimientos Belda SL.
Localidad: CUEVAS DE SAN MARCOS
Provincia: Málaga
Dirección: PIO XII 029210 CUEVAS DE SAN MARCOS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B92389204
Número De Insolvencia: B92389204
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA

Actividad Principal de Revestimientos Belda SL.

La actividad de la empresa Revestimientos Belda SL. es Construcción

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-02-2009
10420

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
El Juzgado de lo Mercantil 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal, anuncia:1- Que en el procedimiento número 42.01/2009 por auto de fecha 2 de Febrero de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor REVESTIMIENTOS BELDA S.L. con C.I.F. B-92389204 con domicilio en Calle Pío XII, 2 – primero, cuevas de San Marcos (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Málaga.2-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.3- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor difusión.4- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).Malaga, 2 de febrero de 2009.- La Secretario Judicial.

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