Concurso de acreedores Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion)

Concurso de acreedores Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion)

El 15-02-2008, Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion), en ALCASSER (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B96297437. La principal actividad de la empresa Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion) es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.

Información General de Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion)

Nombre de la mercantil: Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion)
Localidad: ALCASSER
Provincia: Valencia
Dirección: VELL DE SILLA 746469 BENIPARRELL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B96297437
Número De Insolvencia: B96297437
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion)

La actividad de la empresa Manipulados Saucal Sociedad Limitada. (En Liquidacion) es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-06-2017
A170043296

 
EdictoD. Jorge Víctor Iglesias de Baya Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presenteHago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario 000096/2008 Voluntario, de la deuda concursada Manipulados Saucal, S.L., con CIF n.º B-96297437, con domicilio en la calle dels Coheters, n.º 4, Polígono El Alter, Alcácer (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintitrés de mayo de dos mil diecisiete por el Ilmo:Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del Concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC).Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.Valencia, 23 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

13-05-2009
30407

 

Cese de los Administradores

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Valencia, por el presenteHago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Proc. Concursal Ordinario nº 96/08 voluntario de la deudora concursada Manqui SA y Manipulados Saucal SL, con CIF nº A-46263273 y B-96297437, con domicilio en el Camino Viejo de Silla, Polígono 4, nº 7 Beniparrell (Valencia) y Calle Dels Coheters nº 4 Poligo El Alter, Alcacer (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 27 de abril de 2009, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los Administradores o Liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el B.O.E. para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal.Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.Valencia, 27 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.

15-02-2008
n/a

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Se tiene por solicitada la declaración de concurso ordinario voluntario de acreedores. Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de concurso voluntario ordinario de la Sociedad de esta hoja. Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil deudora, quedando el ejercicio ordinario de la misma sometido a la autorización o conformidad del administrador concurs

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