Concurso de acreedores terminado Ceramica La Escandella Sa

Concurso de acreedores terminado Ceramica La Escandella Sa

El 01-01-0001, Ceramica La Escandella Sa, en AGOST (Alicante) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado ALONSO SAURA, LUIS FERNANDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A03249091. La principal actividad de la empresa Ceramica La Escandella Sa es fabricación de otros productos minerales no metálicos. El concurso ha concluido.

Información General de Ceramica La Escandella Sa

Nombre de la mercantil: Ceramica La Escandella Sa
Localidad: AGOST
Provincia: Alicante
Dirección: NOVELDA (KM 2,500) 003698 AGOST
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A03249091
Número De Insolvencia: A03249091
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Ceramica La Escandella Sa

La actividad de la empresa Ceramica La Escandella Sa es Industria

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

09-03-2019
A190011942

 

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,Hago Saber:Que en el Concurso Ordinario 93/2.009-R de la mercantil Cerámica La Escandella, S.A., con domicilio en Carretera de Novelda, s/n de Agost (Alicante) y Código de Identificación Fiscal número A-03/249091, se ha dictado el 14 de febrero de 2019 Auto que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:» Acuerdo:1.- Tener por desistido al solicitante del concurso asi como a la totalidad de los acreedores del mismo, declarando concluso el presente concurso.2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su dia acordadas.3.-Notifiquese la presente resolución a las partes personadas, y dése la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal.Régimen de Recursos- Conforme establece el artículo 20.2 de la Ley Concursal el pronunciamiento del Auto sobre la estimación o desestimación de la solicitud de concurso será susceptible de recurso de apelación en plazo de cinco días desde su notificación, pronunciamiento que en principio no tendrá efecto suspensivo salvo que el Juez acuerdo lo contrario.(…)».Y para que sirva de publicación en ese organismo, expido el presente enAlicante, 25 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

01-07-2009
49225

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presenteHago saber: Que en el Procedimiento Concursal Ordinario 93/2009-A sobre declaración de concurso de la mercantil Cerámica La Escandella, S.A. con domicilio en Carretera de Novelda, sin número de Agost (Alicante) y CIF: A03/249091 se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 Ley Concursal y se ha dictado providencia de fecha 15 de junio de 2009, que contiene, entre otros el siguiente pronunciamiento:- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el BOE, ello conforme al artículo 96 Ley Concursal que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (artículo 194 y siguientes Ley Concursal).Alicante, 15 de junio de 2009.- La Secretaria Judicial.

30-03-2009
18442

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial de lo Mercantil número 2 de Alicante.Hago saber que en este Juzgado se tramitan los autos de Procedimiento Concursal Ordinario 93/2009, en los que se ha dictado, con esta fecha Auto declarando en estado de Concurso Voluntario a la mercantil Cerámica La Escandella, Sociedad Anónima, con domicilio en Carretera de Novelda, sin número de Agost(Alicante) y CIF: A-03/249091, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 1.418 general, Folio 119, Hoja nº A-12.276, inscripción primera.Administración Concursal:Luis Fernando Alonso Saura en calidad de Abogado, con NIF: 27460022-T y domicilio en calle Portugal número 38, 03003 Alicante, teléfono y fax 965923238. Fernando Gómez Martín en su calidad de Auditor de cuentas con domicilio en Calle Clara Campoamor, número 5, casa 130, 03540, Playa de San Juan, Alicante, teléfono 670551006 y fax 637510455 a quienes se notificará por conducto urgente dicha designación a fin de que sin dilación comparezcan en este Juzgado para aceptar y jurar el cargo.Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y Procurador.Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la Entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 19 de febrero de 2009.- La Secretaria Judicial.

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