Concurso de acreedores terminado Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL

Concurso de acreedores terminado Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL

El 31-07-2009, Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL, en PINOS-PUENTE (Granada) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de GRANADA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B18713321. La principal actividad de la empresa Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL

Nombre de la mercantil: Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL
Localidad: PINOS-PUENTE
Provincia: Granada
Dirección: INDUSTRIAL MOLAINA 018240 PINOS-PUENTE
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B18713321
Número De Insolvencia: B18713321
Juzgado: Juzgado de GRANADA

Actividad Principal de Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL

La actividad de la empresa Betonmaschinen Autobombas De Hormigon SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

21-09-2020
A200040873

 

Conclusión del concurso

 
EDICTOEl Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,AnunciaQue en el concurso voluntario núm.413/09, seguido a instancia de BETONMASCHINEN AUTOBOMBAS DE HORMIGÓN, S.L., por auto de fecha 14 de septiembre de 2020 se ha resuelto:Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de las personas jurídicas BETONMASCHINEN AUTOBOMBAS DE HORMIGÓN, S.L., con CIF B-18713321, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. De conformidad a ello:Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.Se acuerda la extinción de BETONMASCHINEN AUTOBOMBAS DE HORMIGÓN, S.L., con cif núm. B-18713321. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de BETONMASCHINEN AUTOBOMBAS DE HORMIGÓN, S.L., con cif núm. B-18713321.Requiérase a la Administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481 TRLC (177 LC)).Granada, 16 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.

23-09-2009
68393

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 413/09, por auto de fecha 31 de julio de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Betonmaschinen Autobombas de Hormigón, S.L., con C.I.F. número B-18713321 y con domicilio en Pinos Puente (Granada), Polígono Industrial La Molaina, Parcela 47-50, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 Ley Concursal.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).Granada, 31 de julio de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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