Concurso de acreedores Asodel Fomento Y Construccion S.L.

Concurso de acreedores Asodel Fomento Y Construccion S.L.

El 01-01-0001, Asodel Fomento Y Construccion S.L., en SANT LLUIS (Baleares) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B97613616. La principal actividad de la empresa Asodel Fomento Y Construccion S.L. es actividades de construcción especializada. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Asodel Fomento Y Construccion S.L.

Nombre de la mercantil: Asodel Fomento Y Construccion S.L.
Localidad: SANT LLUIS
Provincia: Baleares
Dirección: BINIARROCA (POL INDUSTRIAL) 007710 SANT LLUIS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B97613616
Número De Insolvencia: B97613616
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Asodel Fomento Y Construccion S.L.

La actividad de la empresa Asodel Fomento Y Construccion S.L. es Construcción

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

30-03-2009
16016

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
El Juzgado de lo Mercantil número dos de Palma de Mallorca en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la ley concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento núm. 549/08 por auto de 02.03.09 se ha declarado en concurso voluntario al deudor «ASODEL FOMENTO Y CONSTRUCCIÓN, SL», cif num. B-97613616 con domicilio en calle Biniarroca n.º 12, local 1, Sant Lluis, Menorca, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Menorca.2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio siendo sustituido por la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus creditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la ultima publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» y en el periódico «El Mundo».4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado, art. 184.3 LC.Palma de Mallorca, 4 de marzo de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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