Concurso de acreedores Espuma De Poliuretano Castilla La Mancha SLl
El 05-02-2009, Espuma De Poliuretano Castilla La Mancha SLl, en POLAN (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B45554219. La principal actividad de la empresa Espuma De Poliuretano Castilla La Mancha SLl es actividades de construcción especializada.
Información General de Espuma De Poliuretano Castilla La Mancha SLl
Nombre de la mercantil: Espuma De Poliuretano Castilla La Mancha SLl
Localidad: POLAN
Provincia: Toledo
Dirección: ORENSE 345161 POLAN
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B45554219
Número De Insolvencia: B45554219
Juzgado: Juzgado de TOLEDO
Actividad Principal de Espuma De Poliuretano Castilla La Mancha SLl
La actividad de la empresa Espuma De Poliuretano Castilla La Mancha SLl es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
26-02-2009
11184
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Y DE LO MERCANTIL 1 DE LOS DE TOLEDO, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ART 23 DE LA LEY CONCURSAL ( LC), Anuncia:1º Que en e Procedimiento número 07/2009 , por auto de 05 de febrero de 2009, se ha declarado en CONCURSO VOLUNTARIO al deudor ESPUMA DE POLIURETANO CASTILLA LA MANCHA S.L.L, con domicilio en C/ Orense , 3 – POLAN ( TOLEDO) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en POLAN (TOLEDO)2º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas esta a la intervención de la administración concursal.3º Que lo acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Día de Toledo.4º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberan hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado art 184.3 de la LC.TOLEDO, 5 de febrero de 2009.- SECRETARIO JUDICIAL.