Concurso de acreedores terminado Indupol Sociedad Limitada.
El 13-07-2009, Indupol Sociedad Limitada., en KURTZEA (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B48117915. La principal actividad de la empresa Indupol Sociedad Limitada. es fabricación de productos de caucho y plásticos. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Indupol Sociedad Limitada.
Nombre de la mercantil: Indupol Sociedad Limitada.
Localidad: KURTZEA
Provincia: Vizcaya
Dirección: MERKADILLOKO 848960 KURTZEA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B48117915
Número De Insolvencia: B48117915
Juzgado: Juzgado de BILBAO
Actividad Principal de Indupol Sociedad Limitada.
La actividad de la empresa Indupol Sociedad Limitada. es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-10-2014
A140050679
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),AnunciaPrimero. Que en el procedimiento número 546/09, por Auto de 12 de septiembre de 2014 se ha concluido el concurso voluntario al deudor Indupol, S.L.U., cuya parte dispositiva es la siguiente:Primero. Se declara concluso el procedimiento concursal número 546/09 referente al deudor Indupol, S.L.U., por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción íntegra de los créditos de sus acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.Segundo. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Tercero. Se declara que el deudor Indupol, S.L., queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia, a cuyo efecto se expedirán mandamientos al citado Registro.Cuarto. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.Quinto. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado, publicación que tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado de la masa activa.Sexto. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.Séptimo. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.Octavo. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.Contra este Auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.Bilbao, 15 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.
12-06-2010
46728
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:Que en el procedimiento concursal número 546/09 referente al concursado Indupol, S.L.U., con NIF B48117915, por auto de fecha 26 de mayo de 2010 se ha acordado lo siguiente:Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio,Tercero.- Se ha declarado disuelta la sociedad Indupol, S.L.U, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Bilbao, 26 de mayo de 2010.- El/La Secretario Judicial.
04-11-2009
79347
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:Primero. Que en el procedimiento concursal número 546/09 referente al deudor Indupol, Sociedad Limitada Unipersonal, con NIF B48117915, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Así mismo, se ha presentado escrito de evaluación de la propuesta anticipada de liquidación.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Segundo. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.En el mismo plazo podrán formular observaciones a la propuesta anticipada de liquidación presentada por el deudor.Tercero. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Cuarto. El deudor no ha presentado propuesta de convenio.Bilbao, 23 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.
24-07-2009
57391
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero. Que en el procedimiento número 546/09, por auto de 13 de julio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Indupol, Sociedad Limitada Unipersonal, con NIF B48117915, con domicilio en calle Travesía de Mercadillo, número 8. 48960 Galdakao (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Galdakao.Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Tercero. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Bilbao (Bizkaia), 13 de julio de 2009.- El/la Secretario Judicial.