Concurso de acreedores terminado Magiocon S.L.

Concurso de acreedores terminado Magiocon S.L.

El 21-05-2009, Magiocon S.L., en SANT JOAN D’ALACANT (Alicante) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B53944443. La principal actividad de la empresa Magiocon S.L. es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Magiocon S.L.

Nombre de la mercantil: Magiocon S.L.
Localidad: SANT JOAN D’ALACANT
Provincia: Alicante
Dirección: LA MAR 003550 SANT JOAN D’ALACANT
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B53944443
Número De Insolvencia: B53944443
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Magiocon S.L.

La actividad de la empresa Magiocon S.L. es

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-03-2012
A120013005

 

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
Edicto.Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, anuncia:Que en el concurso abreviado, seguido en este Órgano Judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Martí Sáez en nombre de Magiocón, S.L., con C.I.F. B-53944443, y domicilio en San Juan de Alicante, calle La Mar, n.º 64, Bungalow número 13, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al libro 0, tomo 2.856, folio 91, hoja A-87938, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 13/02/2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Parte Dispositiva.1. Se declara concluso el concurso de acreedores de Magiocón, S.L., con C.I.F. B-53944443, y domicilio en San Juan de Alicante, calle La Mar, n.º 64, Bungalow número 13, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al libro 0, tomo 2.856, folio 91, hoja A-87938, la cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.3. Se acuerda la disolución de Magiocón, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27/12/2011.Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC, publicándose en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Público Concursal.Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Sr. D. Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.Alicante, 13 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

02-03-2010
13326

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Procedimiento: Proc. Concursal Abreviado- 000593/2009-JEdictoDon Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presenteHago saber:»Parte Dispositiva1.- Se acuerda poner fin a la fase común.2.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo.3.-Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor Magiocon, S.L. sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal.4.-Se declara la disolución de la mercantil Magiocon, S.L., así como, en todo caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.5.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.6.-Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación.7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen).Dentro de los 5 días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC).Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.»Y para que conste expido el presente.Alicante, 8 de febrero de 2010.- El Secretario.

09-12-2009
89391

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:1.-De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23,95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 24/11/2009, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el: 593/09 y de la concursada Magiocon, S.L, con B-53944443.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.-Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto.Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Alicante, 24 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberán.

07-10-2009
71821

 

Auto de declaración de concurso

 
Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante,Dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:Juzgado: Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante Calle Pardo Gimeno 43.Número de asunto: 564/09-J.Tìpo de concurso: Procedimiento Concursal Abreviado.Entidad instante del concurso: Magiocon S.L, con domicilio social en c/ La Mar n.º 64, bungalow 13 de San Juan de Alicante, CIF n.º B-53944443.Representación y Asistencia técnica: Procurador: Doña Carolina Martí Sáez, Letrado don Jorge Pastor Sempere.Fecha de presentación de la solicitud: 21 de mayo de 2009.Fecha del Auto de declaración: 19 de junio de 2009.Administrador Concursal: Don Rafel Molero Prieto, con despacho sito en Alicante, c/ Pardo Gimeno, 43 y en Valencia, c/ Colón n.º 13-2.º H. Tfno. 963 51 00 68 y Fax n.º 963 94 01 30.Facultades del concurso: Intervención.Constancia del patrimonio inmobiliario: No consta.Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo 1 mes desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal.Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.Alicante, 14 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.

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