Concurso de acreedores M. Lacados S.L.

Concurso de acreedores M. Lacados S.L.

El 20-05-2008, M. Lacados S.L., en L’ALCUDIA (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B46470985. La principal actividad de la empresa M. Lacados S.L. es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería. Se ha abierto la sección 5.

Información General de M. Lacados S.L.

Nombre de la mercantil: M. Lacados S.L.
Localidad: L’ALCUDIA
Provincia: Valencia
Dirección: FRANCISCO TOMAS Y VALIENTE (S/N) 046250 L’ALCUDIA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B46470985
Número De Insolvencia: B46470985
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de M. Lacados S.L.

La actividad de la empresa M. Lacados S.L. es Industria

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-01-2018
A180000809

 
D. Jorge Víctor Iglesias De Baya Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente hago saber:Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 261/2008, voluntario, de la deudora concursada M LACADOS SL, con CIF Nº B-46470985, con domicilio en la carretera de Carlet S/N, L’Alcudia (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha diecisiete de octubre de dos mil diecisiete por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesadosValencia, 17 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

18-09-2010
67592

 

Cese de los Administradores

Apertura de la sección seis

Apertura de la sección quinta

 
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de M Lacados, S.L., con el número de registro 261/08 en cuyo seno se ha dictado sentencia de fecha 17 de mayo de 2010, por el que se aprueba el convenio presentado, habiéndose ordenado se proceda a dar la publicidad de los artículos 23 y 24 LC, publicándose el encabezamiento y fallo de la sentencia que son del siguiente tenor literal:Sentencia nº 000152/2010En Valencia, a 17 de mayo de 2010.Vistos por mí, Fernando Presencia Crespo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, los presentes autos de procedimiento concursal abreviado voluntario número 261/08, sección quinta, promovidos a instancias del Procurador Sra. Rosa Correcher Pardo, en nombre y representación de M Lacados, S.L., en el que también ha sido parte la administración concursal.FalloQue debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley Concursal, el convenio propuesto por la Procuradora Sra. Rosa Correcher Pardo en nombre y representación de M Lacados, S.L., que fue aceptado en la junta de acreedores celebrada el día 22 de abril de 2010.Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes del deudor de comparecer ante este Juzgado tantas veces sea requerido, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.Se decreta el cese del/los Administradores concursal/es, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título del título VI de la Ley Concursal.Requiérase a dicho/s Administrador/es a fin de que rinda/n cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la notificación de la de la presente resolución.Los acreedores privilegiados, ordinarios y subordinados quedarán vinculados al contenido del convenio, en los términos expresados en los fundamentos jurídicos obrantes en la presente sentencia.Requiérase a la parte deudora, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.Hágase pública la presente sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el BOE, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 Ley Concursal.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 Ley Concursal, expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, para constancia del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese del Administrador concursal y de la aprobación del convenio.Conforme al artículo 163-1º Ley Concursal fórmese la Sección 6ª de calificación con testimonio de la presente resolución, de la solicitud del concurso y documento nº 2, 8, 9 y 10, sin perjuicio de añadirse testimonio de otros documentos en caso de estimarse necesario, y testimonio del auto de declaración del concurso, pudiendo cualquier acreedor o persona que acredite un interés legitimo o personarse en dicha Sección 6ª alegando por escrito, cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro del plazo de diez días desde la última de las publicaciones de esta resolución en el BOE.Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y a la administración concursal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se tramitará con carácter preferente, y en la forma prevista para las apelaciones de sentencias dictadas en juicio ordinario.-Líbrese y únase certificación de esta Sentencia al procedimiento concursal, con inclusión de su original en el Libro de Sentencias Civiles de este Juzgado.Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Valencia, 18 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.

06-08-2009
60337

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presenteHago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado voluntario 261/08, de M Lacados, S.L., con CIF B-46470985, habiéndose dictado en fecha 17 de octubre de 2008, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Providencia comunicando que se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptivo con sus anexos previsto en el artículo 95 de la Ley Concursal haciendo saber a los interesados que dicho informe y demás documentación queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado pudiendo obtener copia a su costa en los términos del artículo 96-1º de la Ley Concursal, disponiendo aquellos acreedores y demás interesados de un plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores a contar desde la última de las publicaciones ordenadas en el BOE y en el Diario Levante «El Mercantil Valenciano». Para dicha impugnación se necesita valerse de abogado y procurador.Valencia, 17 de octubre de 2008.- El Secretario Judicial.

20-05-2008
n/a

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
por el que se tiene por SOLICITADA LA DECLARACION DEL CONCURSO VOLUNTARIO DE ACREEDORES y SE DECLARA EL ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO de la Sociedad objeto de esta hoja. Se nombra ADMINISTRADOR CONCURSAL a DON GERARDO CASTELLBLANCH ANDRES, como ABOGADO, con domicilio en Valencia, calle Almirante Cadalso, 3-2, a quien se notificará para aceptar el cargo. Dicho nombramiento no es objeto de inscripción por no constar la aceptación conforme al artículo 141 RRM y no constar todas las circunstancias conforme al artículo 38 del RRM. Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil deudora, quedando el ejercicio ordinario de la misma sometido a la autorización o conformidad del administrador concursal.

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