Concurso de acreedores Borsan Cantarranas SL

Concurso de acreedores Borsan Cantarranas SL

El 01-01-0001, Borsan Cantarranas SL, en VEJER DE LA FRONTERA (Cádiz) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CÁDIZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B11529369. La principal actividad de la empresa Borsan Cantarranas SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.

Información General de Borsan Cantarranas SL

Nombre de la mercantil: Borsan Cantarranas SL
Localidad: VEJER DE LA FRONTERA
Provincia: Cádiz
Dirección: DE ESPAÑA (VEJER DE LA FRONTERA) 111150 VEJER DE LA FRONTERA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B11529369
Número De Insolvencia: B11529369
Juzgado: Juzgado de CÁDIZ

Actividad Principal de Borsan Cantarranas SL

La actividad de la empresa Borsan Cantarranas SL es Industria

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

26-01-2010
3703

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoDoña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 809/2009, por auto de doce de enero de dos mil diez se ha declarado en concurso voluntario al deudor Borsan Cantarranas, S.L., con C.I.F. nº B-11.529.369 y domicilio en San José de Malcocinado (Medina Sidonia-Cádiz) Polígono Industrial SAU-5, C/ Montero s/n C.P. 11.197.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Cádiz, 20 de enero de 2010.- Secretaria Judicial.

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