Concurso de acreedores Obras Y Proyectos 20R S.L.
El 20-10-2009, Obras Y Proyectos 20R S.L., en EGUES (Navarra) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de PAMPLONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B31844533. La principal actividad de la empresa Obras Y Proyectos 20R S.L. es construcción de edificios. Se ha abierto la sección 6.
Información General de Obras Y Proyectos 20R S.L.
Nombre de la mercantil: Obras Y Proyectos 20R S.L.
Localidad: EGUES
Provincia: Navarra
Dirección: ALZUZA II 6331486 EGUES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B31844533
Número De Insolvencia: B31844533
Juzgado: Juzgado de PAMPLONA
Actividad Principal de Obras Y Proyectos 20R S.L.
La actividad de la empresa Obras Y Proyectos 20R S.L. es
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
15-04-2010
23844
Finalización de la fase común
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 0000230/2009 referente al concursado Obras y Proyectos 20R S.L., por auto de fecha 9 de marzo de 2010 se ha acordado lo siguiente:1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal.Abrir de oficio la fase de liquidación de este concurso de acreedores de la entidad Obras y Proyectos 20R S.L.2. Declarar la disolución de la referida sociedad.3. Acordar que los administradores concursales designados en este procedimiento, procedan a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la ley, a cuyo fin deberán presentar en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada.4. Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el Art. 167 de la LC.Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el B.O.E cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.5. Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el B.O.E, de forma gratuita.6. Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fín de que se proceda a la inscripción de lo acordado.Hágase entrega del mandamiento al procurador de la solicitante de este concurso necesario, para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a esta Juzgado en el plazo de diez días.Lo acuerda y firma ssª. Doy fe.Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 197.3 (art. 98 párrafo segundo L.C.).Pamplona, 9 de marzo de 2010.- El/la Secretario Judicial.
03-11-2009
78397
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el art.23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.-Que en el procedimiento número 0000230/2009, por auto de fecha 20 de octubre de 2009 se ha declarado en concurso de materia necesaria al deudor Obras y Proyectos 20R, S.L. con C.I.F B31844533, con domicilio en Alzuza II, 63 y cuyo centro de principales intereses lo tenía en Alzuza.2º.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.3º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el del un mes a contar desde el siguiente día a la publicación del auto declarando el concurso en el Boletín Oficial del Estado.4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Pamplona/Iruña, 20 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.