Concurso de acreedores Granitesa SL
El 25-01-2010, Granitesa SL, en A CAÑIZA (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. Como síndico se ha designado AGUSTIN MARTINEZ, FABELO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36281954. La principal actividad de la empresa Granitesa SL es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Información General de Granitesa SL
Nombre de la mercantil: Granitesa SL
Localidad: A CAÑIZA
Provincia: Pontevedra
Dirección: LA CANIZA. CL RIBADIL DARRIBA 036880 A CAÑIZA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36281954
Número De Insolvencia: B36281954
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Granitesa SL
La actividad de la empresa Granitesa SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
01-03-2010
12942
Auto de declaración de concurso voluntario
Don José Tronchoni Albert, Secretario de el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º. Que en el procedimiento número 12/2010-P, por auto de 25 de enero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Granitesa, S.L., con CIF B-36281954 con domicilio en Polígono Industrial Rivadil de la Cañiza (Pontevedra) y coincide con el lugar de su domicilio.2º. Se nombra Administrador único del concurso a don Agustín Martínez Fabelo con. DNI: 35.292.409-J y despacho profesional en c/ Michelena, 23, 1º D de Pontevedra, que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la LC.3º.. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.4º. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Pontevedra, 25 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.