Concurso de acreedores terminado De La Rosa Sa
El 28-04-2010, De La Rosa Sa, en CALAFELL (Tarragona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TARRAGONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A08621682. La principal actividad de la empresa De La Rosa Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de De La Rosa Sa
Nombre de la mercantil: De La Rosa Sa
Localidad: CALAFELL
Provincia: Tarragona
Dirección: PABLO NERUDA (SEGUR DE CALAFELL) 043820 CALAFELL
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A08621682
Número De Insolvencia: A08621682
Juzgado: Juzgado de TARRAGONA
Actividad Principal de De La Rosa Sa
La actividad de la empresa De La Rosa Sa es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
Mira también:Concurso de acreedores terminado Nuevas Creaciones Torre-Ebro 2008 Sociedad LimitadaPublicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
11-12-2012
A120081540
Mira también:Concurso de acreedores terminado Nuevas Creaciones Torre-Ebro 2008 Sociedad Limitada
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Mira también:Concurso de acreedores terminado Nuevas Creaciones Torre-Ebro 2008 Sociedad LimitadaApertura de la fase de convenio
Conclusión del concurso
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente,Hace saber:Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil «De la Rosa, S.A.» (CIF: A-08621682 ), seguidos en este Juzgado con el n.º 144/2009, se ha dictado en fecha 28-11-12 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de «De La Rosa, S.A.», seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 144/2009, a instancias de de La Rosa, S.A., y el archivo de las actuaciones por el cumplimiento de convenio. Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona para cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal, así como la relativa a la apertura de la fase de convenio, así como al Registro de la Propiedad de Calafell donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día, que serán entregados a la Procuradora de la concursada para que cuide de la cancelación de los asientos registrales previstos.Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell. Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona. Doy fe. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.Tarragona, 28 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
22-11-2012
A120076160
Cese de los Administradores
El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente,Hace saber:Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil «De La Rosa, S.A.» (CIF: A-08621682 ), seguidos en este Juzgado con el n.º 144/2009, se ha dictado, en fecha 5-11-12, Auto de cumplimiento de convenio, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:»Que debo declarar y declaro íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 25-5-10.Hágase pública la presente resolución por medio de edictos que se insertarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos a los Registros de la Propiedad donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor y en los que se anotó preventivamente en el folio correspondiente a cada uno de ellos la intervención o, en su caso, la suspensión de sus facultades de administración y disposición, con expresión de la fecha de esta resolución e igualmente mandamientos al Registro Mercantil para su inscripción.Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe.»Y en cumplimiento de lo acordado libro el presenteTarragona, 5 de noviembre de 2012.- El Secretario judicial.
29-06-2010
51360
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona,Don Joan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presenteHago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 144/09 de concurso de la mercantil De La Rosa, S.A., con CIF A-08621682 se ha dictado en fecha 25 de mayo de 2010 sentencia aprobatoria del convenio aceptado por la Junta de Acreedores celebrada el pasado 28 de abril de 2010, con el siguiente fallo:»Debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario De La Rosa, S.A., que fue aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 28 de abril de 2010 y que consta en el Antecedente de Hecho Tercero de la presente Resolución.Se decreta el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establezcan en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes del deudor de comparecer ante este Juzgado tantas veces como sea requerido, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.Se decreta el cese de los Administradores concursales, designados por este Juzgado. Requiérase a los miembros integrantes de la administración concursal a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución Juez del concurso.Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta sentenca, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado e igualmente expídanse los mandamientos a los Registros de la Propiedad donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor y en los que se anotó preventivamente en el folio correspondiente a cada uno de ellos la intervención o, en su caso, la suspensión de sus facultades de administración y disposición, con expresión de la fecha de esta sentencia y del convenio aprobado, líbrense, igualmente mandamientos al Registro Mercantil para su inscripción.Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Tarragona (artículo 455 LECn).El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugna (artículo 457.2 LECn).Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»»Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente enTarragona, 27 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.