Concurso de acreedores Alquileres Ason SL
El 08-02-2010, Alquileres Ason SL, en LAREDO (Cantabria) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de SANTANDER. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B39641501. La principal actividad de la empresa Alquileres Ason SL es actividades de alquiler.
Información General de Alquileres Ason SL
Nombre de la mercantil: Alquileres Ason SL
Localidad: LAREDO
Provincia: Cantabria
Dirección: WENCESLAO LOPEZ ALBO 2739770 LAREDO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B39641501
Número De Insolvencia: B39641501
Juzgado: Juzgado de SANTANDER
Actividad Principal de Alquileres Ason SL
La actividad de la empresa Alquileres Ason SL es Actividades administrativas y servicios auxiliares
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-02-2010
9110
Auto de declaración de concurso
Doña María Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número diez y de lo Mercantil de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 44/2010, por auto de fecha 8.10.10 se ha declarado en concurso al deudor «Alquileres Asón, Sociedad Limitada», con CIF número B-39641501 y con domicilio en Laredo, calle Wenceslao López Albo, 27.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC).Santander, 8 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.