Concurso de acreedores Canalizaciones Anfran SL
El 07-10-2010, Canalizaciones Anfran SL, en SANT VICENÇ DE MONTALT (Barcelona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. Como síndico se ha designado MESTRE VAZQUEZ, JUAN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B62055637. La principal actividad de la empresa Canalizaciones Anfran SL es actividades de construcción especializada.
Información General de Canalizaciones Anfran SL
Nombre de la mercantil: Canalizaciones Anfran SL
Localidad: SANT VICENÇ DE MONTALT
Provincia: Barcelona
Dirección: JOSEP BRUNET 008394 SANT VICENÇ DE MONTALT
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B62055637
Número De Insolvencia: B62055637
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Canalizaciones Anfran SL
La actividad de la empresa Canalizaciones Anfran SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-11-2010
78688
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.Doña Montserrat Comí Torrents, Secretaria del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dictó el presente edicto:Juzgado. Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, duodécima planta.Número de asunto. Concurso voluntario 586/2010 7.ª.Tipo de concurso. Voluntario.Entidad instante del concurso y NIF. «Canalizaciones Anfrán, S.L.», NIF B-62055637.Fecha del auto de declaración. 7 de octubre de 2010.Administrador concursal. Don Juan Mestre Vázquez, con NIF 38131536C, domiciliado en Barcelona, paseo de Grácia, 117, 2.º, 2.ª, y núm. de teléfono 93 217 20 30, como Abogado.Facultades de la concursada. Intervenidas.Llamamiento a los acreedores. Deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará o dirigirá a la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, decimotercera planta (08014 Barcelona), en el plazo de quince días a contar desde la publicación del presente en el «Boletín Oficial del Estado» firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asi como los relativos al crédito, concepto y cuantia, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende.Barcelona, 14 de octubre de 2010.- La Secretaria judicial.
07-10-2010
n/a
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Auto de declaración de concurso voluntario
1.- Debo declarar y declaro en CONCURSO a la entidad CANALIZACIONES ANFRAN S.L. con domicilio en c/ Josep Brunet n° 17 bajos de Sant Vicenç de Montalt (Barcelona) con CIF B 62055637. II.- El concurso de la entidad CANALIZACIONES ANFRAN S.L. tiene el carácter de concurso VOLUNTARIO. Su tramitación se realizará conforme a las normas del procedimiento ABREVIADO, reduciéndose a la mitad los plazos procesales fijados en el LC, a cuyos efectos se abrirán las secciones correspondientes con testimonio de la presente resolución. III- Se nombra ADMINISTRADOR CONCURSAL a Juan Mestre Vázquez, abogado, con domicilio profesional en c/ Paseo de Gracia 117, 2° 2° de Barcelona y teléfono 93 217 20 30 Prevéngasele para que en el plazo de 5 días, desde la notificación de esta resolución, comparezcan ante este Juzgado para la aceptación del cargo, con requerimiento de cumplimiento de todos los deberes legales inherentes a ello, y para la posterior presentación de informe cuantificando sus retribuciones, dentro de los 5 días siguientes a su aceptación. En cuanto al Informe concursal del art. 75 LC, habrá de presentar el mismo en original por escrito y firmado, con copia en soporte digital PDF, acompañado de escrito separado. IV.- Se ordena la INTERVENCIÓN por parte de la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y derechos de la entidad concursada, CANALIZACIONES ANFRAN S.L. que hayan de integrarse en la masa del concurso. Los actos que infrinjan dicha intervención podrán ser anulados y no tendrán acceso a registros públicos sin el cumplimiento de las exigencias legales. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades civiles o penales. La entidad concursada deberá prestar la máxima colaboración y diligencia en todo aquello que sea requerido por la Administración Concursal. V.- Llámese a los acreedores de la entidad concursada para que en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE, comuniquen sus créditos, debidamente documentados, expresando su cuantía, y en su caso, clasificación pretendida, en este Juzgado, por escrito dirigido a la atención de la Administración Concursal. VI.- Publíquese esta resolución en la forma dispuesta en el art. 23 LC siendo gratuita la publicación en el BOE. VII.- Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, para la inscripción de la declaración de concurso, adjuntando testimonio de esta resolución y del acta de aceptación de la administración concursal. Líbrese igualmente, en su caso, mandamientos por duplicado a los Registros de la Propiedad donde constaren inscritos bienes de la entidad concursada, para la anotación preventiva de la declaración de concurso, así como a cualesquiera otros registros donde pudieran constar inscritos bienes de la concursada. El diligenciamiento de tales mandamientos y despachos, de este apartado y del anterior, se realizará por medio del procurador de la parte instante, bajo su directa e inmediata responsabilidad, quién lo verificará sin dilación alguna, a la mayor brevedad, para la publicación de edictos y presentación de mandamientos. VIII.- Notifíquese la presente resolución a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. IX.- Se tiene por solicitada la liquidación anticipada de la sociedad de conformidad con lo previsto en el art. 142 bis LC, formándose la Sección quinta, con testimonio de esta resolución a los efectos procedentes. Notifíquese este Auto según lo dispuesto, previniese de que contra él mismo cabe recurso de reposición, ante este mismo Juzgado, dentro de los 5 días siguientes a su notificación, respecto las medidas adoptadas. Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo, a preparar en el plazo de cinco días contados desde su notificación.