Concurso de acreedores Jimenez Horta Angel Y Rios Baena Rebeca Cb
El 13-05-2010, Jimenez Horta Angel Y Rios Baena Rebeca Cb, en CASTELLO D’EMPURIES (Gerona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el E17448143. La principal actividad de la empresa Jimenez Horta Angel Y Rios Baena Rebeca Cb es servicios de comidas y bebidas.
Información General de Jimenez Horta Angel Y Rios Baena Rebeca Cb
Nombre de la mercantil: Jimenez Horta Angel Y Rios Baena Rebeca Cb
Localidad: CASTELLO D’EMPURIES
Provincia: Gerona
Dirección: PUIGMAL 817486 CASTELLO D’EMPURIES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: E17448143
Número De Insolvencia: E17448143
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Jimenez Horta Angel Y Rios Baena Rebeca Cb
La actividad de la empresa Jimenez Horta Angel Y Rios Baena Rebeca Cb es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-06-2010
45053
Auto de declaración de concurso voluntario
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 Ley Concursal por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado yHago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado voluntario 148/10, habiéndose dictado en fecha 13 de mayo de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Ángel Jiménez Baena con domicilio en calle Doctor Fleming, 14 9 Xirivella (Valencia) y NIF 24316128-E, inscrita en el Registro Civil de Alaquàs, al Tomo 8, página 55.Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 Ley Concursal.Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.Valencia, 13 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.