Concurso de acreedores terminado Blazquez 2000 SL
El 27-10-2010, Blazquez 2000 SL, en PELIGROS (Granada) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de GRANADA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B18519371. La principal actividad de la empresa Blazquez 2000 SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de Blazquez 2000 SL
Nombre de la mercantil: Blazquez 2000 SL
Localidad: PELIGROS
Provincia: Granada
Dirección: ASEGRA (PG IND ASEGRA) 018210 PELIGROS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B18519371
Número De Insolvencia: B18519371
Juzgado: Juzgado de GRANADA
Actividad Principal de Blazquez 2000 SL
La actividad de la empresa Blazquez 2000 SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
22-10-2019
A190058086
Conclusión del concurso
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, de Marcas, Patentes y Protección Jurídica del Diseño Industrial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal.AnunciaQue en el concurso voluntario nº 747/2010, con NIG 1808742M20100001046, seguido a instancia de Maderas Blázquez 2000, S.L., con CIF B-18519371, se ha dictado con fecha 11 de octubre de 2019 auto en cuya parte dispositiva se ha acordado lo siguiente:Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Maderas Blázquez 2000, S.L. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración concursal.De conformidad a ello:Primero: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.Segundo: Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.Tercero: Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.Cuarto: Requiérase a la Administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.Quinto: Se acuerda la extinción de Maderas Blázquez 2000, S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de las sociedades Maderas Blázquez 2000, S.L.Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, don Rafael Leonés Valverde, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada.Granada, 15 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Pilar Raya García.
28-12-2010
92006
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil de Granada en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.- Que en el procedimiento número 747/2010 por Auto de fecha 27 de octubre 2010, se ha declarado en concurso voluntario la sociedad Maderas Blázquez 2000, S.L., con CIF B-18519371 y domicilio en Polígono Industrial Asegra, Avenida de Asegra s/n, Granada, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.2.- Que el deudor conserva la facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.3.- Que los acreedores del concurso deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 LC.La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado a la siguiente dirección:Admistración Concursal de Maderas Blázquez 2000, S.L., Calle Recogidas, numero 18, 5.º, Izda, Granada.La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.El plazo para esta comunicación es de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 LC.4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Granada, 15 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.