Concurso de acreedores Agencia De Transportes Jaldekoa SL

Concurso de acreedores Agencia De Transportes Jaldekoa SL

El 08-11-2010, Agencia De Transportes Jaldekoa SL, en OÑATI (guipúzcoa) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B20740221. La principal actividad de la empresa Agencia De Transportes Jaldekoa SL es transporte terrestre y por tubería.

Información General de Agencia De Transportes Jaldekoa SL

Nombre de la mercantil: Agencia De Transportes Jaldekoa SL
Localidad: OÑATI
Provincia: guipúzcoa
Dirección: ZUBILLAGA AUZOA 7320560 OÑATI
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B20740221
Número De Insolvencia: B20740221
Juzgado: Juzgado de SAN SEBASTIÁN

Actividad Principal de Agencia De Transportes Jaldekoa SL

La actividad de la empresa Agencia De Transportes Jaldekoa SL es Transporte y almacenamiento

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

22-11-2010
83135

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donosita-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 665/2010, por auto de 08/11/10 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Agencia de Transportes J. Aldekoa, S.L., con NIF B20740221, con domicilio en Calle Zubibarri, nº 4 -Oñate y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Oñate.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo de esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).En Donostia-San Sebastián, 3 de noviembre de 2010.- La Secretario Judicial.

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