Concurso de acreedores Jardineria Y Podas Arahal SL
El 21-09-2010, Jardineria Y Podas Arahal SL, en PARADAS (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91019000. La principal actividad de la empresa Jardineria Y Podas Arahal SL es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
Información General de Jardineria Y Podas Arahal SL
Nombre de la mercantil: Jardineria Y Podas Arahal SL
Localidad: PARADAS
Provincia: Sevilla
Dirección: AUTOVIA A- 92 (KM 45.6) 041610 PARADAS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B91019000
Número De Insolvencia: B91019000
Juzgado: Juzgado de SEVILLA
Actividad Principal de Jardineria Y Podas Arahal SL
La actividad de la empresa Jardineria Y Podas Arahal SL es Agricultura, silvicultura y pesca
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
09-10-2010
72093
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 767/2010, por auto de 21/09/2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor «Jardinería y Podas Arahal, S.L.», con NIF: B91019000, y cuyo centro de de principales intereses lo tiene en Paradas, Sevilla, autovía a-92, km 45,6, y real actual en Alcalá de Guadaíra, polígono «Hacienda Dolores», calle 7, parcela 23.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo de esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Sevilla, 21 de septiembre de 2010.- La Secretario Judicial.