Concurso de acreedores terminado Kalotek Renovables Sociedad Limitada
El 15-02-2011, Kalotek Renovables Sociedad Limitada, en ETXEBARRIA (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B95557534. La principal actividad de la empresa Kalotek Renovables Sociedad Limitada es otras industrias manufactureras. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Kalotek Renovables Sociedad Limitada
Nombre de la mercantil: Kalotek Renovables Sociedad Limitada
Localidad: ETXEBARRIA
Provincia: Vizcaya
Dirección: GALARTZA INDUSTRIALDEA 348277 ETXEBARRIA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B95557534
Número De Insolvencia: B95557534
Juzgado: Juzgado de BILBAO
Actividad Principal de Kalotek Renovables Sociedad Limitada
La actividad de la empresa Kalotek Renovables Sociedad Limitada es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
30-10-2014
A140053271
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1, de Bilbao (BIzkaia),AnunciaQue en el procedimiento concursal número 67/2011 en el que figura como concursado Kalotek Renovables, S.L., se ha dictado el 20 de octubre de 2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora Kalotek Renovables, S.L.Dicho auto es firme y no cabe contra el mismo recurso alguno.Bilbao, 20 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.
04-10-2011
70637
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:Que en el procedimiento concursal número 67/11 referente al concursado «Kalotek Renovables, Sociedad Limitada», con NIF B95557534, por auto de fecha 14 de septiembre de 2011 se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3. Se ha declarado disuelta la mercantil «Kalotek Renovables, Sociedad Limitada», cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el «Boletín Oficial del Estado» cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Bilbao (Bizkaia), 14 de septiembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.
02-03-2011
12731
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (BIZKAIA), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia1.º Que en el procedimiento número 67/11, por auto de 15-02-2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor KALOTEK RENOVABLES, S.L., con NIF B95557534, con domicilio en Polígono INDUSTRIAL GALARTZA n.º PABELLON 3 – ETXEBARRIA (BIZKAIA) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en ETXEBARRIA.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).En Bilbao, 16 de febrero de 2011.- El/La Secretario Judicial.