Concurso de acreedores terminado Pank-38 Sociedad Limitada

Concurso de acreedores terminado Pank-38 Sociedad Limitada

El 17-11-2010, Pank-38 Sociedad Limitada, en SALOU (Tarragona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de TARRAGONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B43456458. La principal actividad de la empresa Pank-38 Sociedad Limitada es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Pank-38 Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Pank-38 Sociedad Limitada
Localidad: SALOU
Provincia: Tarragona
Dirección: DE PONENT 743840 SALOU
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B43456458
Número De Insolvencia: B43456458
Juzgado: Juzgado de TARRAGONA

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Actividad Principal de Pank-38 Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Pank-38 Sociedad Limitada es Construcción

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Descripción

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16-04-2018
A180025460

 

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Conclusión del concurso

 
Don Joan Holgado Esteban, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona,Hago saber:Que en el Concurso ordinario 295/2010 se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de PANK 38, S.L., con NIF B43456458, con domicilio en calle Ponent, n.º 7, bajos, Salou.La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Tarragona, 11 de abril de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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14-02-2011
8685

 
Edicto.Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona.El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presenteHace saber: Que en los autos de Concurso necesario abreviado seguido en este Juzgado bajo el n.º 295/10-2, frente a «Pank 38, Sociedad Limitada», con CIF B43456458 y domicilio social en C. Ponent n.º 7 bajos Salou (Tarragona), se ha dictado en fecha 25-1-11 Auto decretando la conversión del referido concurso a procedimiento ordinario, y en el que se ha acordado igualmente el llamamiento de los acreedores que no hubiesen ya comunicado sus créditos, para que comuniquen a la Administración Concursal la existencia de los mismos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del presente edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente enTarragona, 25 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.

01-12-2010
85783

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
Edicto.El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona,Por el presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 295/10-2, a instancias de «Construcciones Palau Saumell, S.L.», se ha dictado en fecha 17-11-2010 auto de declaración de concurso necesario de «Pank 38, S.L.», con CIF B-43456458 y domicilio social en calle Ponent, n.º 7, bajos, de Salou (Tarragona), y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada, siendo sustituido por la administración concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador concursal don Luis Velasco Dobaño la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.Tarragona, 17 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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