Concurso de acreedores Augimar Obras Y Servicios Sa

Concurso de acreedores Augimar Obras Y Servicios Sa

El 30-11-2010, Augimar Obras Y Servicios Sa, en BORRIOL (Castellón) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A12564589. La principal actividad de la empresa Augimar Obras Y Servicios Sa es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Augimar Obras Y Servicios Sa

Nombre de la mercantil: Augimar Obras Y Servicios Sa
Localidad: BORRIOL
Provincia: Castellón
Dirección: SAN FELIX 4312004 CASTELLON
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A12564589
Número De Insolvencia: A12564589
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA

Actividad Principal de Augimar Obras Y Servicios Sa

La actividad de la empresa Augimar Obras Y Servicios Sa es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

05-03-2011
14187

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
Doña Cristina Cifo González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano Judicial con el número 289/2010 se ha dictado en fecha 30 de noviembre de 2010, auto de declaración de concurso necesario ordinario de las empresas Augimar Empresa Promotora, Sociedad Anónima, con CIF: A-12564571; Augimar Empresa Urbanizadora, Sociedad Anónima Unipersonal, Con CIF: A12564597; Augimar Obras y Contratas, Sociedad Anónima Unipersonal, con CIF: A-12481545; Augimar Obras y Servicios, Sociedad Anónima Unipersonal, con CIF: A12564589 y Augimar Grupo Inmobiliario Sociedad Anónima Unipersonal con CIF A-12564175 con domicilio común en Parcela número 2 del Polígono Industrial Riu Sec de Borriol-Castellón.2º.- Se ha acordado que el deudor queda intervenido en las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de Un Mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).Castellón de la Plana/Castellón, 1 de diciembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

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