Concurso de acreedores Niumax Maquinaria SL
El 29-10-2010, Niumax Maquinaria SL, en ALMUSSAFES (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B96938006. La principal actividad de la empresa Niumax Maquinaria SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Información General de Niumax Maquinaria SL
Nombre de la mercantil: Niumax Maquinaria SL
Localidad: ALMUSSAFES
Provincia: Valencia
Dirección: ULLALS – PG IND NORTE 446440 ALMUSSAFES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B96938006
Número De Insolvencia: B96938006
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Niumax Maquinaria SL
La actividad de la empresa Niumax Maquinaria SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-12-2010
88003
Auto de declaración de concurso voluntario
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictada en este Juzgado yHago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario nº 000194/2010, habiéndose dictado en fecha veintinueve de octubre de dos mil diez por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Niumax Maquinaria, Sociedad Limitada con domicilio en Polígono Industrial Norte C/ Ullals, nº 4, Almusafes (Valencia) y CIF nº B96938006, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 6.543, folio 122, sección 8ª, hoja V-70.055, inscripción 1ª.Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.Valencia, 29 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.