Concurso de acreedores terminado Yew-Tree SL
El 28-02-2011, Yew-Tree SL, en ZUMARRAGA (guipúzcoa) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B20681730. La principal actividad de la empresa Yew-Tree SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Yew-Tree SL
Nombre de la mercantil: Yew-Tree SL
Localidad: ZUMARRAGA
Provincia: guipúzcoa
Dirección: JAI-ALAI 020700 ZUMARRAGA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B20681730
Número De Insolvencia: B20681730
Juzgado: Juzgado de SAN SEBASTIÁN
Actividad Principal de Yew-Tree SL
La actividad de la empresa Yew-Tree SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
07-11-2013
A130059772
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Donostia/San Sebastián, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 161/2011, en el que figura como concursado/a Yew Tree, Sociedad Limitada, se ha dictado el 24/10/2013 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.Donostia-San Sebastián, 24 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
27-07-2011
57626
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
EdictoEL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia – San Sebastián,AnunciaQue en el procedimiento concursal número 161/2011 referente al concursado YEW TREE, SOCIEDAD LIMITADA, con CIF n.º B20/681730, por auto de fecha 12/07/2011 se ha acordado lo siguiente:1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.-Se ha declarado disuelta la mercantil YEW-TREE, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Donostia – San Sebastián, 13 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.
10-03-2011
14396
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 161/2011, por auto de 28 de febrero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Yew-Tree, Sociedad Limitada, con N.I.F. B20681730, con domicilio en calle Jai Alai, n.º 5 2.º, 20700 Zumarraga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zumarraga (Gipuzkoa).2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).Donostia-San Sebastián, 28 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.