Concurso de acreedores terminado Aplicaciones Metalurgicas Gomez SL
El 17-02-2011, Aplicaciones Metalurgicas Gomez SL, en O PORRIÑO (Pontevedra) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B27376862. La principal actividad de la empresa Aplicaciones Metalurgicas Gomez SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. El concurso ha concluido.
Información General de Aplicaciones Metalurgicas Gomez SL
Nombre de la mercantil: Aplicaciones Metalurgicas Gomez SL
Localidad: O PORRIÑO
Provincia: Pontevedra
Dirección: POLIGONO PPI 7 – PARC C2 7. BL C2 036400 O PORRIÑO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B27376862
Número De Insolvencia: B27376862
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Aplicaciones Metalurgicas Gomez SL
La actividad de la empresa Aplicaciones Metalurgicas Gomez SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
01-02-2016
A160003163
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Apertura de la fase de liquidación
Conclusión del concurso
EdictoEl Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 261/2010, por auto de fecha 11.12.2015 se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de APLICACIONES METALÚRGICAS GÓMEZ, S.L., con CIF B-27.376.862 con domicilio en Polígono PPI-7, parcela C-2, Budiño – Porriño con los efectos legales inherentes.2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.4.- Se acuerda la extinción de la sociedad APLICACIONES METALÚRGICAS GÓMEZ, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.Modo de Impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).Así lo manda y firma S.S., de lo que doy fe.La Juez sustituta.-Letrado de la Administración de Justicia.Pontevedra, 14 de enero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
12-03-2011
15230
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
Edicto.Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,Por el presente, hago saber:Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración concurso 261/2010 se ha dictado a instancias de Aplicaciones Metalúrgicas Gómez, Sociedad Limitada, en fecha 17 de febrero de 2011, auto de declaración de concurso abreviado, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono PPI-7, parcela C-2, Budiño-Porriño.Segundo.-Determinar que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la dministración concursal mediante su autorización o conformidad.Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).Pontevedra, 17 de febrero de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.