Concurso de acreedores Carretillas Del Ebro SL
El 29-03-2011, Carretillas Del Ebro SL, en DAROCA (Zaragoza) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de PAMPLONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B50661990. La principal actividad de la empresa Carretillas Del Ebro SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Se ha abierto la sección 6.
Información General de Carretillas Del Ebro SL
Nombre de la mercantil: Carretillas Del Ebro SL
Localidad: DAROCA
Provincia: Zaragoza
Dirección: MAYOR 4250360 DAROCA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B50661990
Número De Insolvencia: B50661990
Juzgado: Juzgado de PAMPLONA
Actividad Principal de Carretillas Del Ebro SL
La actividad de la empresa Carretillas Del Ebro SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-12-2013
A130065660
Aprobación del plan de liquidación
Apertura de la sección seis
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña,Anuncia:Que en el procedimiento concursal número 0000232/2011, referente al concursado Carretillas del Ebro, SL, con CIF: B50661990, con domicilio en Polígono Malpica, calle E, nave 72, de Zaragona, por auto de fecha 15 de noviembre de 2013, se ha acordado lo siguiente:Decido:1.º Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad Carretillas del Ebro, S.L., en los términos formulados por la Administración con concursal, con las modificaciones siguientes modificaciones:1. Se tiene por no formulado lo relativo el plan de pagos y gastos prededucibles:2. Se tiene por no fomulado el nuevo inventario de bienes y derechos3. La realización de bienes sujetos a privilegio especial se realizará conforme al plan de liquidación y a las modificaciones y precisiones contenidas en el fundamento cuarto de esta resolución.4. La venta de los restantes bienes será precedida de la búsqueda de la oferta más favorable, dando a la venta a efectuar la publicidad necesaria para ello, dentro de las posibilidades económicas de la masa.2.º Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LCDentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentaran un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.3.º Dése publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuita.Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.4.º Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo diez días.5.º Dedúzcase testimonio del informe del Administrador concursal a fin de darle el trámite del art. 61 L.C.Pamplona/Iruña, 15 de noviembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
23-07-2012
A120052782
Aprobación del convenio
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número 0000230/2011 se ha dictado el 27 de junio de 2012 sentencia que es firme, aprobando judicialmente el convenio propuesto por Carretillas del Ebro, S.L., y aceptado en adhesiones por escrito y personales celebradas ante el juzgado de lo Mercantil de Navarra, no habiéndose formulado oposición a la aprobación judicial del convenio por los legitimados para hacerlos, conforme dispone el artículo 128 LC.2.- El fallo de la sentencia contiene los siguientes particularesDeclaro aprobado el Convenio propuesto por la entidad Carretillas del Ebro, S.L., con NIF n.º B50661990, y domicilio en Polígono Industrial Malpica, calle E, nave 72, Zaragoza, CP 50016, que fue aceptado mediante adhesiones por escrito y personales presentadas ante el juzgado de lo Mercantil de Navarra.Desde la fecha de esta sentencia, cesarán todos los efectos de la declaración de concurso de la referida sociedad, quedando sustituidos por los que se establecen en dicho convenio, sin perjuicio del mantenimiento de los deberes de colaboración e información del deudor previstos en la legislación concursal.Desde la fecha de esta sentencia, cesan en su cargo los administradores concursales.Pamplona/Iruña, 27 de junio de 2012.- El/la Secretario Judicial.
07-09-2011
65650
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n° 1 de Pamplona/lruña anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número 0000232/2011, referente al deudor Carretillas del Ebro, S.L., con CIF B50661990, con domicilio en polígono Malpica, calle E, nave 72, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores, así como escrito de evaluación de la propuesta anticipada de liquidaciónDichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial, así como obtener copias, a su costa.2.-En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, asi como en el BOE.Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.4,- Conforme a lo estipulado en el art° 108 L.C., desde la Admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio y hasta la expiración del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores, cualquier acreedor podrá manifestar su adhesión a la propuesta con los requisitos y en la forma establecidos en la la L.C., plazo que para los acreedores no personados finaliza dentro del plazo de diez días, que se computará desde el día siguiente a la publicación del edicto en el BOE, obteniendo copia del informe a su costa.Pamplona/Iruña, 4 de julio de 2011.- El/La Secretario/a judicial.
14-04-2011
25717
Auto de declaración de concurso
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 0000232/2011, por auto de fecha 29 de marzo de 2011 se ha declarado en concurso de materia voluntaria a la deudora «Carretillas del Ebro, S.L.», con CIF B-50661990, con domicilio en polígono «Malpica», calle E, nave 72, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Pamplona (Navarra).2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el siguiente día a la publicación del auto declarando el concurso en el «Boletín Oficial del Estado».4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).Pamplona/Iruña, 29 de marzo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.