Concurso de acreedores Escull Baix Emporda SL
El 10-01-2011, Escull Baix Emporda SL, en PALAMOS (Gerona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de GIRONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B17553280. La principal actividad de la empresa Escull Baix Emporda SL es almacenamiento y actividades anexas al transporte. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Escull Baix Emporda SL
Nombre de la mercantil: Escull Baix Emporda SL
Localidad: PALAMOS
Provincia: Gerona
Dirección: JOSEP CASANOVAS 1417230 PALAMOS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B17553280
Número De Insolvencia: B17553280
Juzgado: Juzgado de GIRONA
Actividad Principal de Escull Baix Emporda SL
La actividad de la empresa Escull Baix Emporda SL es Transporte y almacenamiento
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
08-02-2011
5760
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
Edicto.D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 1149/09, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Escull Baix Empordà, S.L., con domicilio en c/ Josep Casanovas, 14, de Palamós, CIF núm. B-17553280, siendo designado como Administrador Concursal D. Joan Vidal Vidal.Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra la concursada, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.El deudor tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante autorización o conformidad.El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª, la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente enGirona, 10 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.