Concurso de acreedores terminado Tasartera Obras Y Construcciones S.L.
El 25-03-2011, Tasartera Obras Y Construcciones S.L., en SANTA LUCIA DE TIRAJANA (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35830975. La principal actividad de la empresa Tasartera Obras Y Construcciones S.L. es construcción de edificios. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Tasartera Obras Y Construcciones S.L.
Nombre de la mercantil: Tasartera Obras Y Construcciones S.L.
Localidad: SANTA LUCIA DE TIRAJANA
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: CHOPIN 035110 SANTA LUCIA DE TIRAJANA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B35830975
Número De Insolvencia: B35830975
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Actividad Principal de Tasartera Obras Y Construcciones S.L.
La actividad de la empresa Tasartera Obras Y Construcciones S.L. es
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
05-10-2018
A180058938
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil N.º 1 de Las Palmas, por el presente,HACE SABER: Que en el procedimiento concursal número 13/2011, se ha dictado en fecha 03.09.2018 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil TASARTERA OBRAS Y CONSTRUCCIONES, S.L., cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:Se declara la conclusión del concurso de Tasartera Obras y Construcciones, S.L. por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.Se acuerda la extinción de la sociedad Tasartera Obras y Construcciones, S.L., con CIF n.º B-35830975, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.Las Palmas de Gran Canaria, 2 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
26-06-2013
A130036834
Finalización de la fase común
Apertura de la fase de convenio
Convocatoria de Junta de Acreedores
Apertura de la sección quinta
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 0000013/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Tasartera Obras y Construcciones, S.L., se ha dictado auto de apertura de la fase de convenio, cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:»Se convoca junta de acreedores para el día 20 de septiembre de 2013, a las 9.30 horas, que se anunciará en el «Boletín Oficial del Estado» y en un diario de los de mayor difusión en la provincia donde el deudor tenga el centro de sus principales intereses, así como en uno de los de mayor difusión en la provincia donde radique su domicilio. Estos anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y las formas de personarse en él.Por la presente resolución se pone fin a la fase común de concurso, y se decreta la apertura de la fase de convenio y la formación de la sección quinta del concurso, siendo aplicables las normas establecidas para la fase común del concurso en el título III de la L.Con.En las notificación de la convocatoria se expresará a los acreedores que podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115.3.Notifíquese el presente auto al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas, contra el que no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que puedan invocarse los motivos de impugnación en recurso de apelación contra la sentencia que resuelva sobre la aprobación de convenio.Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.»Las Palmas de Gran Canaria, 13 de junio de 2013.- Secretaria Judicial.
05-01-2012
A110092660
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000013/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Tasartera Obras y Construcciones, S.L. se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Registro Público Concursal y en el Tablón de anuncios del Juzgado; los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 19 de diciembre de 2011.- Secretaria Judicial.
25-04-2011
26052
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
Doña María Victoria Bansanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000013/2011, seguido a instancias del Procurador don Francisco Ojeda Rodríguez, en nombre y representación de Tasartera Obras y Construcciones, S.L., se ha dictado auto el día 25 de marzo de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de Tasartera Obras y Construcciones, S.L., con CIF B- 35830975, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de abril de 2011.Las Palmas de Gran Canaria, 8 de abril de 2011.- Secretario Judicial.