Concurso de acreedores terminado Inmobalo Llar Sociedad Limitada

Concurso de acreedores terminado Inmobalo Llar Sociedad Limitada

El 03-06-2011, Inmobalo Llar Sociedad Limitada, en BENICASIM/BENICASSIM (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12729588. La principal actividad de la empresa Inmobalo Llar Sociedad Limitada es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Inmobalo Llar Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Inmobalo Llar Sociedad Limitada
Localidad: BENICASIM/BENICASSIM
Provincia: Castellón
Dirección: FERRANDIS SALVADOR 012560 BENICASIM/BENICASSIM
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B12729588
Número De Insolvencia: B12729588
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA

Actividad Principal de Inmobalo Llar Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Inmobalo Llar Sociedad Limitada es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

12-04-2019
A190019958

 

Conclusión del concurso

 
EdictoJorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,Hago saber:Primero.- Que por Auto de fecha 28/03/19, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], número 000352/2011, N.I.G. número 12040-66-2-2011-0000427, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor «INMOBALO LLAR, S.L.», domiciliado en avenida Ferrandis Salvador número 68, Bloque I, 6.º B de Benicasim (Castellon) y CIF/DNI B12729588.Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:Parte Dispositiva:»1º.- Acordar la Conclusión del concurso de INMOBALO LLAR, S.L» seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000352/2011-IV., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.2º.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la Administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal.3º.- En particular, Acordar la extinción de la entidad INMOBALO LLAR, S.L.», disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.4º.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia Ley Concursal (artículo 177.3 de la LC).5º.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.6º.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.7º.- Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acredores se hayan personado en el concursoEste Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC).Magistrado Letrado de la Administración de Justicia.»Castellón de la Plana, 29 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

02-07-2011
52087

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,Hago saber:Primero.-Que por auto de fecha 3 de Junio de 2011 en el Procedimiento numero 352/2011, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor INMOBALO LLAR, S.L., con domicilio en avda. Ferrandis Salvador, numero 68, bloque I, 6.º B, Benicasim (Castellón), y CIF número B-12729588.Segundo.-Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposicion pero sometidas a la intervención de la administración concursal.Tercero.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus creditos en el plazo de quince días, a contar de la publicación del presente en el Boletin Oficial del Estado.Castellón, 6 de junio de 2011.- Secretaria judicial.

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