Concurso de acreedores Cardenal Industrias De La Confeccion Sa
El 24-02-2011, Cardenal Industrias De La Confeccion Sa, en BRIVIESCA (Burgos) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BURGOS. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A09033184. La principal actividad de la empresa Cardenal Industrias De La Confeccion Sa es confección de prendas de vestir.
Información General de Cardenal Industrias De La Confeccion Sa
Nombre de la mercantil: Cardenal Industrias De La Confeccion Sa
Localidad: BRIVIESCA
Provincia: Burgos
Dirección: PRINCIPE DE ASTURIAS 109240 BRIVIESCA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A09033184
Número De Insolvencia: A09033184
Juzgado: Juzgado de BURGOS
Actividad Principal de Cardenal Industrias De La Confeccion Sa
La actividad de la empresa Cardenal Industrias De La Confeccion Sa es Industria
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
28-03-2011
20249
Auto de declaración de concurso voluntario
Doña Pilar Lafuente de Benito, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Burgos, por el presente,Hago saber:1º.- Que en la Sección primera del procedimiento concursal número 632/2010 seguido en este órgano se ha dictado en fecha 24 de febrero de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la mercantil Cardenal Industrias de la Confección, S.A., con CIF número A-09033184 y cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida Príncipe de Asturias número 1 de la localidad de Briviesca (Burgos).2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante éste órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).Burgos, 24 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.