Concurso de acreedores Residencial Pereiro SL
El 06-10-2011, Residencial Pereiro SL, en O PEREIRO DE AGUIAR (Orense) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de OURENSE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B27284298. La principal actividad de la empresa Residencial Pereiro SL es asistencia en establecimientos residenciales. La Junta de Acreedores está planificada.
Información General de Residencial Pereiro SL
Nombre de la mercantil: Residencial Pereiro SL
Localidad: O PEREIRO DE AGUIAR
Provincia: Orense
Dirección: ALDEA A MEDORRA 032710 O PEREIRO DE AGUIAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B27284298
Número De Insolvencia: B27284298
Juzgado: Juzgado de OURENSE
Actividad Principal de Residencial Pereiro SL
La actividad de la empresa Residencial Pereiro SL es
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
24-09-2012
A120065207
Aprobación del convenio
Doña Estefanía Cotobal Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense, anuncia:1. Que en la Sección V Convenio 681/2011, en el que figura como concursado Residencial Pereiro, Sociedad Limitada, se ha dictado el día 2 de julio de 2012, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 25 de mayo de 2012.2. El convenio está de manifiesto en la oficina judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que debe prepararse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de veinte días computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de la oficina judicial.Ourense, 31 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.
03-05-2012
A120028336
Convocatoria de Junta de Acreedores
Doña Estefanía Cotobal Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense, anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número 681/2011 referente al concursado Residencial Pereiro, Sociedad Limitada, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 25 de mayo de 2012, a las trece horas y quince minutos.2.- Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta de acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.Ourense, 10 de abril de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
15-10-2011
75205
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
Doña Estefanía Cotobal Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos de concurso seguidos en este órgano judicial con el número 681/2011 se ha dictado en fecha 6 de octubre de 2011 auto de declaración de concurso de «Residencia Pereiro, Sociedad Limitada», con CIF número B-27284298, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Modorra, Pereiro de Aguilar (Ourense).2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición patrimoniales de la deudora se ejercerán por ésta, bajo la intervención de la administración concursal, siendo designado para tal cargo el Auditor don Ramón Juega Cuesta.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado», mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).Ourense, 6 de octubre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.