Concurso de acreedores terminado Juan Domingo Esparza Ros SL
El 06-07-2011, Juan Domingo Esparza Ros SL, en SANTOMERA (Murcia) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30732127. La principal actividad de la empresa Juan Domingo Esparza Ros SL es transporte terrestre y por tubería. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Juan Domingo Esparza Ros SL
Nombre de la mercantil: Juan Domingo Esparza Ros SL
Localidad: SANTOMERA
Provincia: Murcia
Dirección: VISTABELLA 030140 SANTOMERA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B30732127
Número De Insolvencia: B30732127
Juzgado: Juzgado de MURCIA
Actividad Principal de Juan Domingo Esparza Ros SL
La actividad de la empresa Juan Domingo Esparza Ros SL es Transporte y almacenamiento
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
18-10-2014
A140049897
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoDoña Ángela Quesada Martos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, anuncio:Que en el concurso abreviado 407/2010 referente al concursado Juan Domingo Esparza Ros, S.L., con CIF nº B-30732127, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 29 de septiembre de 2014, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.Murcia, 2 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.
23-11-2013
A130063184
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
Edicto.Angela Quesada Martos, Secretario/a judicial, de Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia:Que en el sección I declaración concurso 0000407 /2010, referente al concursado Juan Domingo Esparza Ros S.L., con CIF n.º B-30732127, por auto de fecha 12 de noviembre de 2013, se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la administración concursal.2.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se ha declarado disuelta la sociedad limitada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y en el página web de los Juzgados «oficinajudicialmurcia.es», cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.5.- Se hace saber que en lo sucesivo las resoluciones que recaigan en la presente causa, cuya publicación venga prevista en la ley, serán publicadas únicamente en la página web anteriormente dicha.Murcia, 12 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
19-05-2012
A120031772
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoDoña Macarena Valcárcel García, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil N.º 2 de Murcia, anuncia:1. Que en el sección I declaración concurso 0000407/2010, referente al deudor Juan Domingo Esparza Ros, S.L., con CIF n.º B-30732127, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).Murcia, 8 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.
27-08-2011
61568
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoDoña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº sección I, declaración concurso 0000407/2010, se ha dictado a instancias de Área de Servicio los Calzones, S.L., en fecha 6 de julio de 2011 auto de declaración de concurso necesario del deudor Juan Domingo Esparza Ros, S.L., con CIF B-30732.127, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Cabo de la Guardia Civil Pedro Moreno Pérez, nº 41, escalera 1, 1º-A, CP 30007 Murcia.2º Que se ha designado como Administrador Concursal a Dª María del Mar Carrillo Fernández, Abogado, con domicilio en calle Santa Catalina nº 8-entlo., CP 30004 Murcia, teléfono 968.242.258 y fax 968.231.196.3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante el Registro correspondiente a este Juzgado, sito en la Ciudad de la Justicia, Servicio Común General, Sección 1ª Registro y Reparto, Ronda Sur-Esquina Senda Estrecha, CP 30011 Murcia, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).Murcia, 28 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.