Concurso de acreedores Silvia Beatriz, SL
El 07-07-2008, Silvia Beatriz, SL, en BRUNETE (Madrid) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B79427308. La principal actividad de la empresa Silvia Beatriz, SL es actividades sanitarias. Se ha abierto la sección 6.
Información General de Silvia Beatriz, SL
Nombre de la mercantil: Silvia Beatriz, SL
Localidad: BRUNETE
Provincia: Madrid
Dirección: REAL DE SAN SEBASTIAN 4028690 BRUNETE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B79427308
Número De Insolvencia: B79427308
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Silvia Beatriz, SL
La actividad de la empresa Silvia Beatriz, SL es Actividades sanitarias y de servicios sociales
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
17-04-2012
A120018085
Apertura de la sección seis
Edicto.Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Que en el concurso voluntario que se tramita en este Juzgado con el número de autos 293/08 concurso voluntario ordinario Silvia Beatriz, S.L.U., con CIF.- B 79427308 se ha dictado en fecha 14 de marzo de 2012 Sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente:»Fallo: 1) Que debo aprobar y apruebo el convenio presentado por Silvia Beatriz, S.L.U., cuyo contenido se recoge en el antecedente de hecho quinto de la presente sentencia, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 LC. La facultad de elección entre las distintas alternativas contenida en el convenio aprobado deberá ejercerse como máximo en el plazo de diez días a contar desde la firmeza de la presente resolución entendiéndose que en caso de falta de ejercicio de dicha opción la elección será a favor «alternativa A».2) Cesen en su cargo los Administradores concursales, que sin embargo conservaran plena legitimación para continuar con los incidentes en curso así como para actuar en la Sección Sexta hasta que recaiga sentencia firme3) Fórmese Sección Sexta de calificación, que se encabezará con testimonio de la presente sentencia incorporándose a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la Administración concursal.4) Notifíquese esta resolución a la concursada, a la Administración concursal a todas las partes personadas en le procedimiento.Publíquese en el modo previsto por los Art. 23-34 de LC.»Madrid, 22 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
27-07-2011
56034
Convocatoria de Junta de Acreedores
EdictoDoña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º.- Que en el Concurso Voluntario Ordinario número 293/08, referente a la deudora Silvia Beatriz, S.L.U., con CIF B-79427308, por auto de fecha 5 de julio de 2011, se ha convocado Junta de Acreedores, que se celebrará el día 17 de noviembre de 2011, a las 10,30 horas, en la Sala Audiencias de este Juzgado, sito en Gran Vía, nº 52, 1ª planta, de Madrid.2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L C.Madrid, 5 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.
07-07-2008
n/a
Auto de declaración de concurso voluntario
SE DECLARA EN CONCURSO VOLUNTARIO A ESTA SOCIEDAD QUIEN CONSERVA LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION SOBRE SU PATRIMONIO, QUEDANDO SOMETIDO EL EJERCIO DE ESTAS A LA INTERVENCION DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL, MEDIANTE SU AUTORIZACION.