Concurso de acreedores terminado Extimbal Seguridad SL
El 17-02-2012, Extimbal Seguridad SL, en CARRAL (La Coruña) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de LA CORUÑA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B15917818. La principal actividad de la empresa Extimbal Seguridad SL es actividades de construcción especializada. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Extimbal Seguridad SL
Nombre de la mercantil: Extimbal Seguridad SL
Localidad: CARRAL
Provincia: La Coruña
Dirección: PARROQUIA DE ROIS (P I DE BERGONDO) 015165 CARRIO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B15917818
Número De Insolvencia: B15917818
Juzgado: Juzgado de LA CORUÑA
Actividad Principal de Extimbal Seguridad SL
La actividad de la empresa Extimbal Seguridad SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-06-2014
A140030712
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia: Que en el procedimiento número 71/12-L, que en fecha 26 de mayo de 2014 se ha dictado auto de conclusión y archivo de concurso del deudor Extimbal Seguridad, S.L., cuyo contenido de la parte dispositiva es el siguiente:Dispongo: La conclusión y archivo del proceso concursal necesario de la deudora Extimbal Seguridad, S.L.U., n.º 71/2012-L, domiciliada en Carral (A Coruña), Polígono Industrial Os Capelos, Rúa da Industria, parcela 13 I, CP 15182, CIF B-15.917.818, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al tomo 2.797, sección general, folio 111, hoja C-32.474, por insuficiencia de masa activa.Acuerdo, igualmente, la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto.Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese, igualmente, en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre, y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se comunicó la declaración de concurso.Contra esta resolución no cabe recurso alguno.Así lo acuerda, manda y firma Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de A Coruña; doy fe.Y para que sirva de notificación a todos los interesados, se expide el presente.A Coruña, 26 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.
08-03-2012
A120012170
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDon Domingo Villafáñez García, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I, declaración concurso 0000071/2012, se ha dictado a instancias de Extimbal Seguridad, S.L., en fecha de hoy auto de declaración de concurso voluntario del deudor Extimbal Seguridad, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Os Capelos, Rúa da Industria, Parcela 13 I, Carral (A Coruña).NIG del procedimiento: 1503047120120000125.2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.3º.- El administrador concursal nombrado es el titulado mercantil don Gonzalo Vilela Trillo.4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante la propia admón. concursal con despacho abierto en la ciudad de A Coruña, calle Huertas 1, 2º A, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).A Coruña, 17 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.