Concurso de acreedores Visobor SL
El 23-01-2012, Visobor SL, en ROCAFORT (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B46950937. La principal actividad de la empresa Visobor SL es actividades inmobiliarias.
Información General de Visobor SL
Nombre de la mercantil: Visobor SL
Localidad: ROCAFORT
Provincia: Valencia
Dirección: AUSIAS MARCH 446111 ROCAFORT
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B46950937
Número De Insolvencia: B46950937
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Visobor SL
La actividad de la empresa Visobor SL es Alquiler y gestión de inmuebles
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
13-02-2012
A120006453
Auto de declaración de concurso voluntario
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n.° 1235/2011, habiéndose dictado en fecha 23 de enero de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Visobor, S.L. con domicilio en Avenida Ausias March n.º 4, 46111 Rocafort (Valencia) y CIF n.° B46950937, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 3333, Folio 80, Hoja V-9029.Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedaran sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.Se ha nombrado administrados concursal a D. /D.ª Raúl Martinez-Guinea Corbi con domicilio en la Avenida Gran Vía Marques del Turia N.° 49-4, Valencia y correo electrónico [email protected] de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.Valencia, 23 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.