Concurso de acreedores terminado Arrilur SLl
El 21-09-2011, Arrilur SLl, en VILLABONA (guipúzcoa) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B20851259. La principal actividad de la empresa Arrilur SLl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Arrilur SLl
Nombre de la mercantil: Arrilur SLl
Localidad: VILLABONA
Provincia: guipúzcoa
Dirección: NDUSTRIAL UBEGUN 320150 VILLABONA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B20851259
Número De Insolvencia: B20851259
Juzgado: Juzgado de SAN SEBASTIÁN
Actividad Principal de Arrilur SLl
La actividad de la empresa Arrilur SLl es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-05-2014
A140021985
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,Anuncia:Que en el procedimiento concursal número 763/2011, en el que figura como concursado/a ARRILUR, S.L.L., se ha dictado el 5/5/2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de Administración y disposición del deudor.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.Donostia-San Sebastián, 5 de mayo de 2014.- La Secretaria judicial.
21-03-2012
A120013588
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 763/2011 referente al concursado ARRILUR, S.L.L., con CIF: B20851259, por auto de fecha 05/03/2012 se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3. Se ha declarado disuelta la sociedad ARRILUR, S.L.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal.4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Donostia-San Sebastián, 5 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
05-10-2011
70102
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 763/2011, por auto de 21 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora «Arrilur, S.L.L.», con NIF B-20851259, domicilia en polígono «Ibaio Ondo n.º 13», 20271 Irura, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en localidad.2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Donostia-San Sebastián, 21 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.