Concurso de acreedores terminado Construcciones Marcos Elena SL
El 29-03-2012, Construcciones Marcos Elena SL, en HINOJOSA DE DUERO (Salamanca) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SALAMANCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B37070109. La principal actividad de la empresa Construcciones Marcos Elena SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Construcciones Marcos Elena SL
Nombre de la mercantil: Construcciones Marcos Elena SL
Localidad: HINOJOSA DE DUERO
Provincia: Salamanca
Dirección: ERAS 1637230 HINOJOSA DE DUERO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B37070109
Número De Insolvencia: B37070109
Juzgado: Juzgado de SALAMANCA
Actividad Principal de Construcciones Marcos Elena SL
La actividad de la empresa Construcciones Marcos Elena SL es
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-07-2014
A140034144
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
EDICTOEl Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca.Anuncia:Que en el procedimiento concursal número 165/12 referente al deudor CONSTRUCCIONES MARCOS ELENA,S.L, con C.I.F. número B-37070109, mediante Auto firme de fecha 23 de junio de 2014 se ha acordado:1. La conclusión del concurso de acreedores del deudor Construcciones Marcos Elena, S.L, por finalización de la fase de liquidación.2. El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes hasta el momento.3. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica CONSTRUCCIONES MARCOS ELENA, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.4. Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la Administración concursal.Salamanca, 23 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.
27-12-2012
A120084425
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
EdictoEL Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca,AnunciaQue el procedimiento concursal número 165/2012 referente al concursado Construcciones Marcos Elena, S.L., titular del CIF número B-37070109, por auto de esta fecha ha acordado lo siguiente:1.-Abrir la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 142.3 de la LC.2.-Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.-Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.Salamanca, 14 de diciembre de 2012.- El Secretario judicial.
23-04-2012
A120021720
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento concursal número 165/2012 y N.I.G. del procedimiento 37274 42 1 2012 0002727, por Auto de 29-3-2012 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Construcciones Marcos Elena, S.L., con C.I.F. número B-37070109 y domicilio social en C/ Las Eras, nº 16, de Hinojosa de Duero (Salamanca), que coincide con el centro de sus intereses principales.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- El administrador concursal designado es la Letrada doña Sofía Martín Aldea, con domicilio postal en C/ Caldereros, nº 13-15, 3º B, CP 37001 de Salamanca y con dirección electrónica [email protected], para que los acreedores del concursado, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Salamanca, 9 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.