Concurso de acreedores Promociones Da Silva-Bernabe SL
El 04-04-2012, Promociones Da Silva-Bernabe SL, en VELADA (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B45538444. La principal actividad de la empresa Promociones Da Silva-Bernabe SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Promociones Da Silva-Bernabe SL
Nombre de la mercantil: Promociones Da Silva-Bernabe SL
Localidad: VELADA
Provincia: Toledo
Dirección: MIGUEL DE CERVANTES 1945612 VELADA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B45538444
Número De Insolvencia: B45538444
Juzgado: Juzgado de TOLEDO
Actividad Principal de Promociones Da Silva-Bernabe SL
La actividad de la empresa Promociones Da Silva-Bernabe SL es
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
26-04-2012
A120023581
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Doña Concepción Álvarez García, Secretario/a Judicial de Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en éste órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 3/2012 se ha dictado en fecha 4 de abril de 2012 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Promociones Da Silva Bernabe, S.L., con CIF B-45538444, cuyo domicilio lo tiene en Velada (Toledo), calle Miguel de Cervantes, n.º 19.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al abogado D. Víctor García García, con domicilio postal en Callejón de San Francisco, n.º 4, 2.ª planta, local 4, 45600 Talavera de la Reina (Toledo) y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, a su elección efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada, No siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Toledo, 4 de abril de 2012.- El/La Secretario/a Judicial,