Concurso de acreedores terminado Marin Banegas SL.
El 09-05-2012, Marin Banegas SL., en MAZARRON (Murcia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. Como síndico se ha designado FUENTES Y MAIQUEZ ABOGADOS SLP. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B73276115. La principal actividad de la empresa Marin Banegas SL. es fabricación de otros productos minerales no metálicos. El concurso ha concluido.
Información General de Marin Banegas SL.
Nombre de la mercantil: Marin Banegas SL.
Localidad: MAZARRON
Provincia: Murcia
Dirección: MAZARRON (KM 1,2) 030870 MAZARRON
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B73276115
Número De Insolvencia: B73276115
Juzgado: Juzgado de MURCIA
Actividad Principal de Marin Banegas SL.
La actividad de la empresa Marin Banegas SL. es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
13-07-2015
A150030688
Conclusión del concurso
EdictoD.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia:1.- Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 54/2011 de Marín Banegas, S.L., con CIF B-73276115, se ha dictado el 22 de junio de 2015 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento.2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal.Y par que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe.Murcia, 25 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.
22-05-2012
A120033204
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
E D I C T OD. Pedro Adán Ruiz-Erans Vivancos, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n. 1 de Murcia, email: [email protected], por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración concurso 000054/2012, Nig nº. 30030 47 1 2012/0000104 se ha dictado a instancias de la mercantil MARIN BANEGAS, SL, con Cif nº. B-73276115 y domicilio en Puerto de Mazarron, Km 1.2; 30.870- Mazarrón (Murcia) en fecha Tres de Mayo de dos mi Doce auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mercantil Marin Banegas, S.L.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el concursado.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (Art. 184.3 Ley Concursal).5º.- Que ha sido nombrado Administrador Concursal la sociedad «FUENTES Y MAIQUEZ ABOGADOS, SLP», con CIF Nº. B-73363392, domicilio social en Murcia, C/ Traperia nº.1.30.001.- Murcia, y teléfono 968223341 Fax 968223256,y email [email protected], siendo Administradores solidario de la sociedad designada D. ANTONIO FRANCISCO FUENTES SEGURA, Abogado con DNI nº. 27.459.416-S con el mismo domicilio, teléfono, y email arriba indicado el que ha aceptado el cargo, en nombre de la Mercantil designada en fecha 09/05/2012.Murcia, 10 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.