Concurso de acreedores Casal Asturleonesa SL

Concurso de acreedores Casal Asturleonesa SL

El 30-01-2012, Casal Asturleonesa SL, en VEGALENCIA (Asturias) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de OVIEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B33406265. La principal actividad de la empresa Casal Asturleonesa SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Se ha abierto la sección 6.

Información General de Casal Asturleonesa SL

Nombre de la mercantil: Casal Asturleonesa SL
Localidad: VEGALENCIA
Provincia: Asturias
Dirección: VEGALENCIA 2533173 VEGALENCIA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B33406265
Número De Insolvencia: B33406265
Juzgado: Juzgado de OVIEDO

Actividad Principal de Casal Asturleonesa SL

La actividad de la empresa Casal Asturleonesa SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-08-2017
A170059512

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, anuncia:1.- Que en el procedimiento de Concurso Ordinario 8/2017, se ha dictado el día de la fecha auto, cuya Parte Dispositiva es como sigue:Se acuerda suspender las facultades de administración de Rodolfo Cachero Pereda como administrador de Compañía Minera Asturleonesa, S.A., las cuales pasarán a ser ejercidas por la administración concursal.Se acuerda dar a esta resolución la publicidad a que se refieren los arts. 23 y 24 de la LC.Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, que no tendrá carácter suspensivo.Oviedo, 31 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

29-03-2014
A140013292

 

Apertura de la sección seis

 
EdictoDoña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 12/2012 (NIG 33044 47 1 2012 0000002), relativo a Casal Asturleonesa, S.L., con CIF B-33406265, en el cual, con fecha 29/07/13, se dictó providencia acordando formar la sección sexta, estableciendo que desde la última publicación de la referida providencia, el cual se ordena publicar mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse y ser parte en la mencionada sección sexta.Oviedo, 29 de julio de 2013.- La Secretaria.

01-03-2012
A120010659

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,Hago saber:1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 12/2012 (N.I.G. 33044 47 1 2012 0000002 se ha dictado en fecha 30 de enero de 2012, auto declarando en concurso voluntario ordinario a Casle Posventa, S.L.. (B- 74215419), Casle Alquiler, S.L. (B-74103458) y Casal Asturleonesa, S.L. (B-33406265), cuyos domicilios se encuentran en Vegalencia 25 Ribera de Arriba, Principado de Asturias.2.º-Se ha nombrado como Administrador Concursal a doña María Agustina García Suárez, la cual ha designado, al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Urbanización La Vega nº4 bajo 33860 Salas. y la siguiente dirección electrónica: [email protected]. pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de crédito y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a jueves de 9,00 a 14,00 y de 16,00 a 19,30 y los viernes, de 9,00 a 15,00 horas. Durante los meses de Julio a Septiembre, incluidos, de 9,00 a 15,00 horasLos acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto en el B.O.E. y dicha comunicación, deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal3.º-Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal, de las facultades de disposición y administración de los concursados, mediante su autorización o conformidad4.º-A los efectos pertinentes, se informa que respecto a cada uno de los concursados se ha abierto una pieza separada, por tanto, los escritos que se presenten en este Juzgado y se refieran sólo a uno de los concursados, deberán de dirigirse a las siguientes piezas: I86 para Casle Postventa, S.L., PMF para Casal Asturleonesa, S.L. y I79 para Casle Alquiler, S.L.Oviedo, 21 de febrero de 2012.- Secretaria Judicial.

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