Concurso de acreedores terminado Aluminio Mecanizado De Galicia SL

Concurso de acreedores terminado Aluminio Mecanizado De Galicia SL

El 22-05-2012, Aluminio Mecanizado De Galicia SL, en LALIN (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. Como síndico se ha designado LOZOYA PEREZ FATIMA M.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36531945. La principal actividad de la empresa Aluminio Mecanizado De Galicia SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. El concurso ha concluido.

Información General de Aluminio Mecanizado De Galicia SL

Nombre de la mercantil: Aluminio Mecanizado De Galicia SL
Localidad: LALIN
Provincia: Pontevedra
Dirección: INDUSTRIAL LALIN 2000 036500 LALIN
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B36531945
Número De Insolvencia: B36531945
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA

Actividad Principal de Aluminio Mecanizado De Galicia SL

La actividad de la empresa Aluminio Mecanizado De Galicia SL es Industria

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

30-03-2015
A150011906

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
EdictoDon José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra,Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000080/2012 y NIG n.º 36038 47 1 2011 0000295, se ha dictado en fecha 12.2.15 Auto de conclusión del deudor Aluminio Mecanizado de Galicia, S.L., con CIF B-36531945, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Lalín 2000, parcelas 13 y 14, que cuya parte dispositiva dice:1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Aluminio Mecanizado de Galicia, S.L., con CIF B-36.531.945, con domicilio en Polígono Lalín 2000, parcelas 13 y 14, con los efectos legales inherentes.2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Aluminio Mecanizado de Galicia, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.Pontevedra, 12 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.

20-06-2012
A120044675

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDon José Luís Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000080/2012 y NIG n.º 36038 47 1 2011 0000295, se ha dictado en fecha 10.05.12 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Aluminio Mecanizado de Galicia, S.L., con CIF B-36531945, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Lalín 2000, Lalín (Pontevedra).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición, que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la Abogada Fátima Lozoya Pérez, D.N.I. 35.318.078-Z, con domicilio en rúa Tablada, 12, Semisótano 36001, Pontevedra y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Los interesados que deseen personarse lo deberán efectuar con Abogado y Procurador.Pontevedra, 22 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.

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