Concurso de acreedores terminado Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL

Concurso de acreedores terminado Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL

El 03-04-2012, Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL, en SARIÑENA (Huesca) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de HUESCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B22232078. La principal actividad de la empresa Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL

Nombre de la mercantil: Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL
Localidad: SARIÑENA
Provincia: Huesca
Dirección: HUESCA (HUESCA) 022200 SARIÑENA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B22232078
Número De Insolvencia: B22232078
Juzgado: Juzgado de HUESCA

Actividad Principal de Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL

La actividad de la empresa Aragonesa De Fertilizantes Semillas Y Agroquimicos SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

12-05-2012
A120030004

 

Auto de declaración de concurso

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 de Huesca, por el presente, hago saber:1. Que en los autos seguidos en este órgano judicial, concurso de acreedores n.º 129/12, se ha dictado en esta fecha 03 de Abril de 2012 Auto de declaración de concurso, y declarando la conclusión del mismo, referente al deudor Aragonesa de Fertilizantes, Semillas y Agroquímicos, S.L, con CIF B-22232078, y domicilio en Carretera Huesca-Fraga, Km. 55,750, de Sariñena (Huesca).2. Que la conclusión del concurso se ha acordado por insuficiencia de masa, visto que el patrimonio del concursado no será presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa del procedimiento, ni es previsible el ejercicio de acción de reintegración, impugnación o de responsabilidad de terceros.Huesca, 2 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.

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