Concurso de acreedores Bcn Cambra Logica De Projectes SLp

Concurso de acreedores Bcn Cambra Logica De Projectes SLp

El 15-05-2012, Bcn Cambra Logica De Projectes SLp, en TORRELLES DE LLOBREGAT (Barcelona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B60606662. La principal actividad de la empresa Bcn Cambra Logica De Projectes SLp es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Bcn Cambra Logica De Projectes SLp

Nombre de la mercantil: Bcn Cambra Logica De Projectes SLp
Localidad: TORRELLES DE LLOBREGAT
Provincia: Barcelona
Dirección: SANT JOAN 808629 TORRELLES DE LLOBREGAT
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B60606662
Número De Insolvencia: B60606662
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

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Actividad Principal de Bcn Cambra Logica De Projectes SLp

La actividad de la empresa Bcn Cambra Logica De Projectes SLp es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos

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Fecha del informe
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27-06-2012
A120047107

 

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Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

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EdictoDoña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2012-8002223 y n.º 287/2012H, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 15 de mayo de 2012, de BCN Cambra Logica de Projectes, Sociedad Limitada, con CIF B60606662 y domicilio en calle Sant Joan, 8, 08629 Torrelles de Llobregat (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.El Administrador concursal es doña Liliana Mateu Ruano, con domicilio en calle Hurtado, 25, 08022 Barcelona (Barcelona) y correo electrónico [email protected] a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal, los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.Barcelona, 11 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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