Concurso de acreedores Constructora Minerva Y Pinto SL.

Concurso de acreedores Constructora Minerva Y Pinto SL.

El 24-07-2012, Constructora Minerva Y Pinto SL., en SESEÑA (Toledo) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B45544558. La principal actividad de la empresa Constructora Minerva Y Pinto SL. es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Constructora Minerva Y Pinto SL.

Nombre de la mercantil: Constructora Minerva Y Pinto SL.
Localidad: SESEÑA
Provincia: Toledo
Dirección: ORQUIDEAS 3645223 SESEÑA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B45544558
Número De Insolvencia: B45544558
Juzgado: Juzgado de TOLEDO

Actividad Principal de Constructora Minerva Y Pinto SL.

La actividad de la empresa Constructora Minerva Y Pinto SL. es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

03-08-2012
A120056280

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
EdictoDon Alfonso José Moreno Moreno, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 103/2012 y NIG n.º 4516841 1 2012 0001658 se ha dictado en fecha 24/7/2012 Auto de declaración de Concurso Necesario del deudor Construcciones Minerva y Pinto, S.L., con CIF B-45544558 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Orquídeas, n.º 36, 45223- Seseña (Toledo).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a AB Asesores concursales y Laborales, S.L., con domicilio postal en calle Carreteros, 1-1.º, 45003 Toledo, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Toledo, 24 de julio de 2012.- Secretario Judicial.

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