Concurso de acreedores Sol Andalusi Costa Del Sol Sa
El 02-01-2013, Sol Andalusi Costa Del Sol Sa, en ALHAURIN DE LA TORRE (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. Como síndico se ha designado MENDEZ DE CASTRO MANUEL JUAN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A29588738. La principal actividad de la empresa Sol Andalusi Costa Del Sol Sa es construcción de edificios. Se ha abierto la fase de liquidación.
Información General de Sol Andalusi Costa Del Sol Sa
Nombre de la mercantil: Sol Andalusi Costa Del Sol Sa
Localidad: ALHAURIN DE LA TORRE
Provincia: Málaga
Dirección: CUESTA PALMAR 029130 ALHAURIN DE LA TORRE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A29588738
Número De Insolvencia: A29588738
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA
Actividad Principal de Sol Andalusi Costa Del Sol Sa
La actividad de la empresa Sol Andalusi Costa Del Sol Sa es Construcción
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-10-2013
A130052448
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 902/2012 referente al concursado Sol Andalusí Costa del Sol, S.A., por auto de fecha 18/09/2013, se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3. Se ha declarado disuelta la sociedad Sol Andalusí Costa del Sol, S.A. cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.Málaga, 18 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
13-05-2013
A130022756
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia:1. Que en el procedimiento concursal número 902/2012 referente al deudor Sol Andalusí Costa del Sol, S.A., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.Málaga, 24 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
26-01-2013
A130002115
Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 902/12 (NIG 2906742M20120001336) por auto de fecha 2 de enero de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor «Sol Andalusi Costa del Sol, S.A.», con NIF A29588738, domicilio en Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que la administración concursal la integra don Manuel Juan Méndez de Castro, provisto de DNI 25.064.470-J, que lo hace en nombre y representación de la sociedad «Auditores, Administradores Concursales y Peritos, S.L.P.» (AACP. S.L.P.), entidad de Málaga, vecino de Málaga domicilio y dirección postal plaza Uncibay, n.º 8, 3.º 5, 29008 Málaga, teléfono: 952060438, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 15 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.